ADVERTENCIA DE MIGRACIONES
Intensifican los controles en las fronteras correntinas para salir del país con menores
Lo dispuso el Estado nacional para combatir la trata y el tráfico de niños. Son decisiones que se suman a los operativos para evitar la fuga de dólares de manera ilegal. Las aplican en las salidas por Paso de los Libres y Santo Tomé.
Con la premisa de proteger a los niños y evitar la trata de personas, agentes de la Dirección Nacional de Migraciones con apoyo de la Gendarmería Nacional intensificará los controles en los pasos fronterizos para hacer cumplir las disposiciones de entrada y salida del país de menores de 18 años sean argentinos o extranjeros con residencia permanente, temporaria o precaria.
Los controles de los agentes de Migraciones también abarca en los pasos fronterizos que existen en Corrientes. Paso de los Libres-Uruguayana y Santo Tomé-São Borja.
Residentes permanentes
Los extranjeros que ingresen al país por primera vez como residentes permanentes, para ser admitidos como tales, deberán presentar a la autoridad de control migratorio pasaporte, documento de identidad o certificado de viaje válido y vigente. Visación consular argentina como residente permanente. Permiso de ingreso como residente permanente. Dos sobres con destino a la autoridad identificatoria. Un sobre lo retendrá la autoridad de control migratorio para mandarlo a la autoridad identificatoria y el otro lo llevará al mismo destino el extranjero.
Residentes transitorios
Para obtener la admisión como residente transitorio, los extranjeros deberán presentar: pasaporte que no esté vencido, visado por autoridad consular de Argentina, salvo cuando convenios o acuerdos internacionales establezcan otros requisitos documentales o eximan de la visación consular” (artículo 1º, Disposición Nº 1.595/10).
Residentes precarios
Los residentes precarios podrán salir y reingresar libremente del territorio nacional durante el período de permanencia autorizado y acreditando su identidad y condición de tales, hallándose sujetos a la reglamentación que dicte la Dirección Nacional de Migraciones.
Para salir del país, los residentes precarios deberán presentar a la Autoridad de Control Migratorio: documento de viaje válido y constancia de residente precario en término. Para reingresar al país, lo mismo.
El plazo de permanencia a otorgársele al reingreso será hasta la fecha de vencimiento de la residencia precaria.
Si al egresar del país la residencia precaria estuviere vencida, solicitarán una habilitación de salida abonando la tasa correspondiente.
El certificado de residencia precaria deberá ser sellado tanto al egreso como al reingreso al país (Resolución D.N.M. N° 3.439/76, Art. 2°).
De acuerdo a las disposiciones del artículo 24, los extranjeros que ingresen al país como “residentes transitorios” podrán ser admitidos en algunas de las siguientes subcategorías:
Los requisitos quedarán establecidos dependiendo de las localidades fronterizas en las que este habilitado el régimen.
Documentación a presentar: solicitud de TVF, comprobante de domicilio en radio de 50 kilómetros, documento de su nacionalidad vigente (cédula de identidad o pasaporte). Si es de otra nacionalidad, residente permanente, además la cédula paraguaya o brasileña de residente. Dos fotografías 3 x 3.
En caso de menores, completar autorización correspondiente, con firma de ambos padres.
Viernes, 30 de diciembre de 2011