Judiciales
Condenan a un joven a tres años de prisión en suspenso por violencia de género
Se trata de Marcelo Zapata Jotinski. El Tribunal unipersonal, integrado por el Dr. Marcelo Pardo, lo halló penalmente responsable de los delitos de “Lesiones Leves doblemente agravadas por haber mediado relación de pareja y por mediar violencia de género, desobediencia judicial y amenazas simples”. Los hechos ocurrieron en junio del 2021 en Paso de los Libres. El imputado, en su declaración pidió disculpas a la víctima, a sus familiares, y adujo que “se trató de un error, nada más”. Dijo que actuó fuera de sus cabales.
Los hechos denunciados, comenzaron en junio del 2021, el día 13 de ese mes, aproximadamente a las 17 hs, Marcelo Zapata Jostinski (28), se hizo presente en la casa de la mujer agredida, sobre calle Mercedes Franco de esta ciudad, con quien mantuvo una relación de pareja, y ante la negativa de la mujer, para que Zapata Jotinsky ingrese al domicilio mencionado, éste luego de mantener una discusión y de desigualdad de poder, le propinó un golpe de puño en el rostro, causándole distintos tipos de lesiones a la víctima, como luego quedó acreditado (contusión en la zona del pómulo, lesiones en la zona de la boca, contusión también en la zona del cuello y extremidades superiores, todas de carácter leve).
No conforme con ello, el imputado, horas después, se dirige a la casa del padre de la mujer agredida, y lo amenazó diciéndole “te voy a matar a vos, a tus nietos y a tu hija”, todo lo cual motivó temor en la victima.
Luego de lo ocurrido, que diera origen a una denuncia radicada, a raíz de la cual se dictó una orden de restricción de acercamiento, en el Juzgado de Familia, y en reiteradas ocasiones, tales como fechas 18, 20, 22 de junio y 13 y 19 de julio del 2021, en distintos horarios y lugares, el acusado, se acercó a la mujer, le envió mensajes por WhatsApp y la llamó por teléfono para entablar una conversación, e insistió siguiéndola en su vehículo, por distintos lugares de esta ciudad, donde frecuenta, como ser la casa de sus padres y el gimnasio desobedeciendo de esta manera la orden judicial dictada por la Juez de Familia.
En su declaración, la mujer golpeada, aseguró “fui víctima de una persona que me propinó golpes, que no fue en una oportunidad, fue en varias, pero esta última en que llegamos a esta situación, fue la que desencadenó que lleguemos a juicio”.
Relató que la tomó del cuello e intentó asfixiarla, “y con la otra mano me pegó una trompada en el rostro”, aseveró ante el Tribunal.
El acusado prestó declaración, ofreció disculpas a víctima y su familia de la mujer agredida, y adujo que “se trató de un error, nada más”.
Puntualizó “sinceramente actué fuera de mí, no actué en mis cabales” y atribuyó su conducta al consumo de alcohol y drogas. Adicciones de las cuales afirmó comenzó hacer un tratamiento para superarlas.
Preguntado en el debate, sobre la orden de restricción que pesaba en su contra, Zapata Jotinski, afirmó que luego de diez días le llegó la notificación y se excusó “hubo una fecha que me inculparon de acercamiento, cuando yo no estaba notificado”.
Negó haber intentado contactarse con la víctima, o haberse dirigido a la casa del padre de ella, aunque en la última audiencia, pidió nuevamente la palabra y sostuvo lo contrario, “era para retractarme, que dije que no, en realidad era sí”.
El Tribunal unipersonal, integrado por el Dr. Marcelo Pardo, lo halló penalmente responsable de los delitos de “Lesiones Leves doblemente agravadas por haber mediado relación de pareja y por mediar violencia de género, desobediencia judicial y amenazas simples” y condenó a de Marcelo Zapata Jotinski, a tres (3) años de prisión en suspenso.
Además el Tribunal dispuso consecuentemente el cumplimiento de normas de conductas por el término de cuatro (4) años, a saber:
-Abstenerse de concurrir a lugares donde se encuentre la víctima o su padre, hasta un radio de doscientos (200) metros, y de intentar contactarse por cualquier medio.
-Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.
-Someterse a tratamiento psicológico, de acuerdo al informe presentado que acredita su necesidad.
Queda establecido que en caso de incumplimiento de estas reglas, deberá revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
Geentileza: Ignacio V.
Jueves, 12 de mayo de 2022