PARA LOS QUE COBRAN MAS DE $5.200,aunque el sueldo supere topes fijados
Para la Justicia, deben pagarse igual las asignaciones
La medida benefició a una trabajadora municipal que, a raíz del aumento del 10% de su salario, perdió el derecho de cobrar la asignación familiar por hijo.
La Justicia entendió que "no resulta razonable que el tope a las asignaciones familiares se mantenga intacto desde el año 2011".Un juez declaró que no debe aplicarse un tope salarial para el cobro de las asignaciones familiares, al hacer lugar a una acción de amparo de una trabajadora estatal que al recibir un aumento de sueldo automáticamente dejó de percibir esos beneficios.
La medida fue dispuesta por el juez federal de Mar del Plata Alfredo López, en el marco de la acción de la mujer -empleada del municipio de General Pueyrredón- contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
La demandante inició la causa para "obtener la restitución inmediata del pago de la asignación por su hija y del resto de las asignaciones que le pudieren corresponder, atento la notoria inconstitucionalidad del tope establecido por el Decreto 1482/2011", indicó el Centro de Información Judicial (CIJ).
La mujer señaló que a raíz del aumento del 10 por ciento del sueldo dispuesto por su empleador, la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, "le quitaron las asignaciones familiares que venía percibiendo, al excederse el tope de $ 5.200 fijado por el decreto en cuestión".
El juez también hizo referencia a la falta de actualización de ese tope salarial para las asignaciones.
"No resulta razonable que el tope a las asignaciones familiares se mantenga intacto desde el año 2011, ello con grave detrimento a sus derechos amparados constitucionalmente", indicó el fallo.
El juez López, quien recientemente falló contra el Gobierno nacional al autorizar la venta de dólares a una pareja para comprar una casa, dijo que "el Poder Judicial, en determinados supuestos y dadas ciertas condiciones, debe poner coto a situaciones que denoten un ejercicio irrazonable del poder legítimo que ostenta la Administración, siempre y cuando sus decisiones resulten atentatorias del bien común de la Nación o de derechos y garantías amparadas por la Carta Magna".
Viernes, 7 de septiembre de 2012