IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Ganancias: cuánto se pagará por el impuesto a partir del mes próximo
Si se trata de un asalariado que deduce cónyuge y dos hijos, el ingreso más bajo alcanzado será de $73.102, en tanto que para quien deduce a dos hijos pero no a su cónyuge, el valor se ubicará en $64.220. Si alguien aplica solo deducción por un hijo, entonces el ingreso a partir del cual tributará será de $59.740 y, en el caso de quien declare tener a su cargo solo a su cónyuge, esa cifra será de $64.143.
El salario más bajo alcanzado por el impuesto a las ganancias será en 2020 de $55.261 en el caso de un trabajador soltero y sin ninguna deducción por familiares a cargo. Esa cifra, que es un promedio mensual neto de aportes a la seguridad social y que incluye el proporcional del aguinaldo, surge de aplicar los valores que, para calcular el tributo durante el año próximo, publicó la AFIP en su página web. El incremento de los valores de los ingresos que quedan libres del impuesto es bastante inferior a la inflación y a la suba que tuvieron muchos salarios; por eso, el año próximo se producirá una mayor presión impositiva, medida como el porcentaje efectivo de descuento salarial que representa este gravamen.
Si se trata de un asalariado que deduce cónyuge y dos hijos, el ingreso más bajo alcanzado será de $73.102, en tanto que para quien deduce a dos hijos pero no a su cónyuge, el valor se ubicará en $64.220. Si alguien aplica solo deducción por un hijo, entonces el ingreso a partir del cual tributará será de $59.740 y, en el caso de quien declare tener a su cargo solo a su cónyuge, esa cifra será de $64.143.
Los cambios implican que, con un salario mensual bruto de $80.000, un trabajador bajo relación de dependencia soltero y sin deducciones, pagará una carga total anual de $12.663 (un promedio mensual de $974). Para un asalariado con deducciones por cónyuge y dos hijos con un ingreso de $120.000, el impuesto anual será de $51.103 ($3931 promedio mensual).
Los valores deducibles del impuesto (es decir, los montos de ingresos que quedan al margen de la carga) se incrementan, según dispone la ley, en un porcentaje equivalente a la suba que tuvieron los salarios formales entre los meses de octubre (en este caso, entre ese mes de 2018 y de 2019). El índice de la Remuneración Promedio Imponible de los Trabajadores Estables (Ripte) -el que dispone usar la normativa- creció, en ese período, 44,27%.
Sin embargo, este año se da una particularidad, por la cual, respecto de los valores hoy vigentes para calcular el impuesto, la suba de lo no imponible será bastante inferior a ese índice. Será, en efecto, de 20,23%.
¿Por qué? Porque la actualización toma como punto de partida los valores que regían hasta agosto pasado. Ese mes, tras el resultado de las PASO, el Gobierno de Mauricio Macri había dispuesto una mejora en la situación de los trabajadores frente al impuesto,que alcanzó a los ingresos de todo 2019. Esa mejora se dispuso elevando en un 20% adicional los montos de las deducciones que definen cuál es el menor salario alcanzado por el impuesto (a ese salario se lo conoce como mínimo no imponible), que en enero de 2019 se habían actualizado solo un 28,29%. Así, para el caso de un asalariado sin cargas de familia, el mínimo a partir del cual se tributa pasó, por esa medida excepcional, de $38.301 a $45.962. El peso de la carga bajó para todos los contribuyentes y la medida se aplicó con efectos a partir de los ingresos de inicios del año (lo cual implicó hacer un recálculo y disponer compensaciones para los contribuyentes).
Junto con la actualización de valores no imponibles, para 2020 se incrementan los montos máximos de lo que es posible deducir por los alquileres y por los salarios y contribuciones del personal de servicio doméstico pagados por el contribuyente. El tope en ambos casos será, por todo el año próximo, de $123.861,17.
Por: Silvia Stang
Martes, 31 de diciembre de 2019