JUEZA CORRENTINA FALLÓ A FAVOR DEL CUPO FEMENINO
La Justicia ordenó incluir mujeres en la conformación de las listas
La medida rige para candidatos de Mantilla, Loreto y Cruz de los Milagros.La Justicia resolvió intimar a los apoderados partidarios que presentaran listas a oficializar en los Municipios de Pedro R. Fernández, Loreto y Cruz de los Milagros, a postular una persona del sexo femenino como concejal titular.

El proceso electoral tiene como fecha de comicio establecido para dentro de un mes y medio, cuando se realizarán elecciones generales nacionales para las categorías de presidente, vicepresidente de la Nación y diputados nacionales en el distrito de Corrientes y -en virtud de la ley de simultaneidad Nº 15.262- en 19 municipios de la provincia de Corrientes elegirán autoridades comunales en la categoría de concejales y defensor de los vecinos.
La titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 3 , con competencia electoral en la doctora María Eugenia Herrero, ha resuelto la medida a los fines de dar cumplimiento a los alcances del decreto 1.332/03 (sobre el cupo femenino) y de las normas supranacionales con rango constitucional que la República Argentina suscribió. Ratificó en relación con la vigencia de la igualdad de género, intimar a los apoderados partidarios y/o de las alianzas electorales que presentarán listas a oficializar de candidatos a concejales en los municipios de Pedro R. Fernández, Loreto y Cruz de los Milagros para los comicios comunales del 27 de octubre próximo, que postulen a una mujer como edil titular, en la lista de candidatos.
El fallo citó que la Constitución de la Provincia de Corrientes prescribe en su artículo 45 que “el Estado garantiza la igualdad real de oportunidades para mujeres y varones en lo cultural, económico, laboral, político, social y familiar; e incorpora la perspectiva de género en el diseño de ejecución de políticas públicas”. Motiva tal decisión, en la particularidad que en los casos señalados los concejos deliberantes quedarían conformados en su totalidad por hombres de oficializarse las listas tal cual fueran presentadas; al renovarse bancas que eran ocupadas por mujeres y que las postulaciones de los partidos y/ alianzas de candidatos correspondían a personas del sexo masculino. Señalan que resultó necesario adoptar, como acción positiva en función de la igualdad de oportunidades y que requería de la jurisdicción tomar una decisión, ubicando a una mujer con posibilidad de ser electa, según informaron ayer desde el Poder Judicial de Corrientes.
Aseguran que la medida fue informada a los apoderados de la alianza Frente de Todos en los municipio de Cruz de los Milagros y Pedro R. Fernández, siendo apelada la decisión en el expediente correspondiente a la comuna de Loreto. La alianza Encuentro por Corrientes+ Juntos por el Cambio, apeló la resolución en los tres municipios.s
Continuidad del cupo
La medida judicial apunta a evitar que los concejos deliberantes queden conformados en su totalidad por hombres -de oficializarse las listas tal cual fueran presentadas-. Así, al renovarse las bancas que hoy ocupan mujeres, aseguran la continuidad del cupo.
Martes, 17 de septiembre de 2019