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Lunes 25 de Noviembre de 2024

El juez Rosenkrantz no paga impuesto a las ganancias

Pero él pretendía que María Isabel sí lo haga.
María Isabel García tiene hoy 83 años. Hace cuatro, decidió demandar a la AFIP porque le parecía irrazonable que, siendo jubilada, el Estado se quedara con el 30 por ciento de sus haberes en concepto de impuesto a las ganancias. Hace horas, la Corte Suprema de Justicia le dio la razón.Cuatro años esperó una mujer de 79 para que los jueces digan "sí, señora. Es ilegal que usted pague impuesto a las ganancias sobre una jubilación".
El fallo de María Isabel, un nuevo leading case previsional, fue firmado por los doctores Lorenzetti, Maqueda, Rosatti y Highton. Votó en contra, es decir, creyendo que un jubilado debe pagar ganancias, el juez Rosenkrantz, nada menos que el presidente de la Corte.

Detalle inevitable para subrayar de movida. El juez Rosenkrantz no paga impuesto a las ganancias (como el resto de sus colegas jueces). Pero él pretende que María Isabel sí lo haga.


La mayoría de la Corte, en contundentes 22 fojas, le da la razón a la jubilada. Por resumir los argumentos (esto es una crónica periodística y no una nota jurídica), asegura que:

– Hay que evitar pagar dos veces el mismo impuesto. Si se pagó cuando María Isabel trabajaba, mal se le puede cobrar cuando se jubila.
– Hay que estar a la integridad previsional de la jubilación de María Isabel en un "reclamo eminentemente social" que debe atender "al reconocimiento de los derechos de la ancianidad protegidos por la constitución".

El monto de lo que cobra María Isabel (más de 70 mil pesos en promedio por mes) no alcanza para que pague ganancias. No importa la cantidad de dinero que recibe, dicen los jueces, porque además y principalmente debe "ponderarse la vulnerabilidad vital" de una persona de 79 años.

María Isabel tiene casi 80 años al momento de demandar, padecía de enfermedades que no fueron cuestionadas por la AFIP y le descontaron en 2015 un promedio del 30 por ciento de sus haberes. No corresponde.

Aun cuando la señora García ganó el juicio, vale la pena leer completo el fallo del presidente de la Corte, el número 4 en la sucesión presidencial en caso de acefalía. Carlos Rosenkrantz volvió a defender los intereses del gobierno de Mauricio Macri y "le dio por la cabeza" (así se dice en el foro) a la jubilada.

¿Por qué? Intentaremos resumir sus 27 páginas de argumentos.

El Estado debe pagar una jubilación digna que le permita vivir con igual dignidad a su beneficiario, asume Rosenkrantz mirando la constitución, los tratados y las leyes sobrevinientes. "El deber de garantizar los beneficios de la seguridad social del modo indicado por la constitución no puede satisfacerse en aislamiento. Solo puede llevarse adelante guiado por una concepción de justicia social y distributiva", firma el ministro.

Traducido. María Isabel, ya sé que usted tiene derecho a ganar bien de acuerdo a los aportes que hizo. Usted fue diputada y docente. Pagó aportes según la ley. Pero en un país con tantas necesidades, que le metan la mano a usted en su bolsillo (no a mí, juez, claro) para atender otras necesidades, no está mal: es justicia distributiva. Distribuyamos la suya, señora.

Dice más: los que pagan ganancias como María Isabel son sólo (sic) el 10 por ciento de los jubilados. Ajá. La injusticia o inconstitucionalidad, ¿se mide en cantidad y no en calidad?

No es verdad que María Isabel pague dos veces el impuesto, explica el juez, cuando trabajó y ahora que es jubilada. Rosenkrantz dice que cuando trabajaba pagaba ganancias por el fruto de su trabajo y que ahora, como jubilada, paga de los beneficios del sistema previsional conformado por el fruto del esfuerzo de otros aportantes. A los incrédulos, los reenvío a la foja 35 del fallo.

El juez dice que el impuesto a las ganancias "responde a motivos de interés general y a las exigencias de la justicia distributiva". Quizá María Isabel se pregunte (este cronista seguro lo hace) por qué entonces los jueces no contribuyen con esa misma justicia distributiva. Pero ése es otro tema.

Por fin, Rosenkrantz dice que tener 79 años (hoy 83) y perder 30 por ciento en concepto de ganancias no alcanza para acreditar un carácter confiscatorio del tributo. Y sin titubear, el juez reclama que María Isabel sólo presentó una factura de teléfono para demostrar sus erogaciones y no explicó con detalle "cuáles serían los gastos normales asociados a sus problemas de salud" por su edad. Claro: todos sabemos que a los 80 años nadie padece de ningún achaque en el cuerpo. Y que si no se lo explican o prueban, él no se puede hacer a la idea de cómo es de onerosa la vida de un viejo. Una "persona anciana (…) por el hecho de pertenecer a esa categoría no implica que tenga el derecho a tributar", dice textualmente el juez.

Antes de fallar a favor de la AFIP y del gobierno, Rosenkrantz recuerda los esfuerzos que el Estado hace para ayudar a los jubilados. Ahí cita la tarifa social de luz y gas, el descuento del medio boleto de tren (no hay en Paraná, donde vive María Isabel), colectivos y demás. A no quejarse, parece deducirse, del impuesto a las ganancias que tiene que pagar.

Una vieja profesora de derecho en Rosario (nos) enseñaba a sus alumnos: cuando hay una cuestión importante para resolver no hay que enamorarse de los códigos y aplicarlos aunque resulte una evidente injusticia. Es siempre, siempre, al revés: hay que pensar con sentido común cuál es la solución justa. El taparrabos jurídico, aparece con toda seguridad después.

Un jubilado, gane lo que gane gracias a lo que aportó, no debe pagar ganancias que ya pagó en actividad. Sentido común. Es al juez (que no paga ganancias) al que le corresponde encontrar el taparrabos de derecho salvo que crea que la ley no es igual para todos o que la política le nuble el concepto de dar a cada uno lo suyo.


Miércoles, 27 de marzo de 2019
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