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Miércoles 27 de Noviembre de 2024

Salió el fallo de la Conmebol:

Desestima el reclamo de Boca, sanciona a River y ordena reprogramar el partido
El club de Núñez, a raíz de los incidentes que obligaron a postergar la Superfinal, deberá jugar dos partidos como local sin público.La espera se prolongó más de lo deseado. Pero este jueves se terminó. Desde Paraguay no llegaron buenas noticias para Boca ni para River. La Conmebol confirmó que la Superfinal de la Copa Libertadores se jugará pero no será en el Monumental, que fue suspendido.
La Unidad Disciplinaria de la Conmebol desestimó el pedido que hizo Boca para que se descalificara a River y se proclamara campeón al equipo de Guillermo Barros Schelotto, luego de que sus jugadores fueron agredidos camino al estadio el sábado pasado. Y aunque apelará y, en caso de ser necesario, recurrirá al TAS, mientras tanto deberá jugar el partido.

Daniel Angelici había presentado un largo descargo en el que -entre otras cosas- comparaba esta situación con la ocurrida en 2015, cuando se descalificó a Boca de la Copa Libertadores por el gas pimienta que un hincha arrojó al túnel en el que estaban los jugadores de River. A raíz de eso, el segundo tiempo no se jugó y River avanzó (en los escritorios) a cuartos de final de la competencia.

Ahora, Boca tendrá siete días -a partir del viernes- para presentarse ante la Cámara de Apelaciones de la Conmebol, previo el pago "mediante transferencia bancaria de mil dólares". Ese paso se cumplirá, aunque parece imposible que el fallo original se revierta.

River también perdió. El equipo de Marcelo Gallardo resignó su localía porque el partido se disputará a 10 mil kilómetros, en el estadio Santiago Bernabéu, y no en un Monumental repleto. Los 66 mil hinchas que habían adquirido una entrada, en ese sentido, también perdieron.

Por el otro lado, fue sancionado institucionalmente. El Tribunal de Disciplina le aplicó una multa económica (400 mil dólares), que será debitado automáticamente del monto a recibir en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio. Además de un castigo leve de dos encuentros a puertas cerradas en el estadio Monumental para las futuras competencias.

El fútbol argentino (y el sudamericano) es el otro gran derrotado de esta superfinal. La final de la Copa Libertadores, que desde el año próximo tendrá una sede neutral en territorio sudamericano -Santiago de Chile en 2019-, se mudará a otro continente.

Alejandro Domínguez, presidente de la Conmebol, barajó las posibilidades de Asunción, Medellín, Miami (todavía en suelo americano), Doha y París pero fue finalmente Madrid la ciudad elegida, según confirmó el máximo dirigente del fútbol sudamericano minutos después de la comunicación de los fallos.

El fallo de la Conmebol: la sanción a River
El Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL, RESUELVE 1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una sanción consistente en jugar sus próximos 2 (dos) partidos como local en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL a puertas cerradas. Esta sanción iniciará su vigencia a partir del año 2019.

En consecuencia, única y exclusivamente podrán acceder al estadio las siguientes personas o grupos de personas: a) Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación del CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

b) Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros de la Asociación del Fútbol Argentino.

c) Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los detalles y la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de la CONMEBOL con al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora de inicio del partido. Los periodistas deben realizar su trabajo en los lugares habituales de labor.

d) Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.

e) 12 (doce) Pasapelotas.

f) Policías y empleados de seguridad que tengan asignadas tareas específicas en relación con la seguridad del partido.

g) Personas que desempeñan funciones en relación con la infraestructura del estadio (iluminación, limpieza, etc.) h) La delegación de los equipos visitantes hasta un máximo de 70 personas incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 400.000 (CUATROCIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

3º. NOTIFICAR, al Club Atlético River Plate y a la Dirección de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de siete días corridos desde día el siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art.

63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

El fallo de la Conmebol: la decisión respecto al reclamo de Boca


EL Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL, RESUELVE

1º. NO HACER LUGAR a lo peticionado en la denuncia presentada por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en fecha 25 de noviembre de 2018 y su ampliación presentada en fecha 27 de noviembre de 2018.

2º. ORDENAR al Departamento de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL la reprogramación del Partido Final de vuelta de la CONMEBOL Libertadores 2018 entre el Club Atlético River Plate vs. Club Atlético Boca Juniors.

3º. NOTIFICAR al Club Atlético Boca Juniors, Club Atlético River Plate y al Departamento de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de siete días corridos desde el día siguiente a la notificación del presente fallo puesto que el mismo ya ha sido notificado con sus fundamentos. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria


Jueves, 29 de noviembre de 2018
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