POLITICA
El fiscal Delgado pidió que continúe la investigación contra Marcos Peña por el uso de datos de la Anses
El fiscal Federico Delgado apeló la decisión del juez Sebastián Casanello de desestimar la denuncia contra Marcos Peña por el uso de datos de la Anses. Delgado argumentó su medida al entender como "prematura" la decisión del magistrado de que no se investigue al jefe de Gabinete.
Ayer el juez cerró el caso al entender que no había delito por investigar, aunque Delgado ya había sostenido lo contrario.
El 29 de agosto pasado, Delgado presentó un requerimiento de instrucción para que se determinara si, tal como había denunciado la abogada Valeria Carreras, se había aprobado un ilegal "convenio marco para el traspaso de datos de la Anses a la Secretaría de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros".
Esos datos, informó el Gobierno, iban a ser utilizados para hacer más eficiente la comunicación oficial. Peña había sido acusado de dos delitos: abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.
Los argumentos de Casanello
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En su fallo de ayer, el juez advirtió que las nuevas normas no violan "de por sí" la ley que custodia los datos personales y recordó que el director nacional de Protección de Datos Personales había opinado en ese mismo sentido.
Casanello advirtió, no obstante, que otra cosa es "el buen o mal uso que a futuro los funcionarios hagan de esos instrumentos" y que eso, en este momento, es "un imponderable", cuyo análisis escapa a la misión de los jueces, que consiste en juzgar conductas "efectivamente acaecidas".
En relación con el posible uso de los datos cedidos, Casanello sostuvo, además, que no debía olvidarse que "la privacidad e intimidad cuentan con la garantía de la acción de hábeas data, de raíz constitucional (art.43), como mecanismo para evitar que mediante el uso incorrecto de la información se puedan lesionar derechos".
El juez afirmó también que "los actos administrativos denunciados pueden ser criticados o tolerados, pueden ser incluso considerados inoportunos, sin mérito o inconvenientes", pero que todo eso hace a "un juicio de valor de sustancia política", no penal. Y que es preciso distinguir "ambos niveles de análisis" y tener claros los límites de la función judicial.
Miércoles, 7 de septiembre de 2016