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Domingo 20 de Abril de 2025

NORMATIVA CONSTITUCIONAL

Marcado incumplimiento a tope de 4% en recursos para Concejos Deliberantes
Numerosos concejos deliberantes en la provincia hasta duplican el tope constitucional que establece un límite del 4% del presupuesto comunal para los concejos deliberantes. El tope es motivo de conflictos políticos en algunas comunas.

En la última reforma de la Constitución del 2007 se estableció un artículo que señala que el presupuesto de gastos del Concejo Deliberante, que goza de autarquía financiera, no puede superar en total y por todo concepto el cuatro por ciento (4%) de recursos corrientes del municipio.

Antes de la reforma constitucional, la mayoría de los concejos deliberantes venían gastando en promedio entre 6 y 8 por ciento del Presupuesto general de la comuna a la que pertenece y resultó "violento" tener que reducir ese gasto al 4%. En algunas comunas se adaptaron un poco al tope, pero en los dos últimos años se volvió a superar el límite debido principalmente al incremento del gasto salarial.

Fuentes del Gobierno provincial reconocieron a Momarandu.com que tras la reforma algunos municipios se ajustaron a esta normativa, pero progresivamente se fue incrementando nuevamente el porcentaje destinado a los concejos deliberantes.

Así, un nutrido grupo de comunas se ubica entre un 6 y 7 por ciento de recursos comunales girados a los concejos deliberantes, y algunas ciudades grandes llegan a ocupar el 8% de los fondos comunales para sus parlamentos.

Según señalan, el tope es motivo de conflicto en comunas en las que el Ejecutivo tiene minoría en el Concejo. Así, muchos intendentes con minoría parlamentaria aplican a rajatabla el 4%, no así en municipios con jefes comunales con mayoría en sus concejos.

Pero la violación del tope constitucional cuenta con un antecedente negativo por parte de la misma justicia, que en el caso de la comuna de Mercedes obligó al Ejecutivo a girar 6.6% de fondos al Concejo tal lo aprobado en la Ordenanza de Presupuesto de es comuna, por encima del tope constitucional del 4%.

El incremento en el gasto de salarios sería el principal motivo de estrechez presupuestaria que lleva a superar el tope de 4% para los concejos.

Durante la aprobación del tope del 4% en la reforma constitucional del 2007, el bloque de convencionales oficialistas se había negado a votar el artículo por considerar que faltaba un mayor debate y alertando que el tope previsto actuaría en detrimento de la autonomía de los concejos deliberantes.

Se indicó que la cláusula del 4% podría actuar como barrera limitante de la premisa constitucional que indica que los concejos deliberantes deben contar con los recursos necesarios para su funcionamiento y que podría usarse por los ejecutivos comunales como "extorsión" en la asistencia financiera hacia los parlamentos comunales.


Jueves, 19 de noviembre de 2015
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