LO DICTAMINÓ EL SUPERIOR TRIBUNAL
Marcelo Otazo deberá volver a la intendencia de Santa Rosa
El STJ hizo lugar al pedido del Jefe comunal tras la suspensión de sus funciones dispuesto por el Concejo Deliberante de la localidad. Se trata de un recurso de amparo y no una "resolución de fondo" de la situación político-institucional.
Sudamericana dialogó con el Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Guillermo Semhan el cual confirmó que Marcelo Otazo deberá volver a sus funciones como intendente de Santa Rosa.
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes resolvió este viernes declarar la nulidad de la Resolución N°59 con la que el Concejo Deliberante de Santa Rosa suspendió a Marcelo Otazo como intendente, y lo repuso en sus funciones. “Se ha resuelto la cuestión de fondo y de forma en el incidente de medida cautelar, se declaró la nulidad a partir de la resolución de suspensión por las normas del debido proceso, es necesario que el órgano acusador sea distinto del órgano juzgador”, explicó el presidente del STJ, Guillermo Semhan.
El STJ resolvió declarar la nulidad del acta N° 59 por la cual el Concejo Deliberante de Santa Rosa había suspendido al intendente Marcelo Otazo. Ordenó reconducir el trámite de juicio político respetando las garantías constitucionales del debido proceso e intimó a las partes a que en 30 días den cumplimiento a lo dispuesto en la Carta Orgánica en materia de administración financiera.
“El Intendente se tiene que reintegrar a su cargo y le dimos un plazo de 30 días para el cumplimiento de las normas faltantes y las obligaciones pertinentes, y ordenamos la reconstrucción del proceso de juicio político, lo que no quiere decir que el proceso haya caído. Hubo una confusión de roles, el que acusó luego votó por la suspensión. Al caer la resolución 59, cae la cautelar, el intendente reasume en su cargo y continúa el proceso de juicio político. En 30 días deben cumplir todas las normas y obligaciones, tanto el Ejecutivo como el Legislativo”, detalló Semhan.
En paralelo ordenó que el trámite de juicio político se reconduzca, respetando las garantías constitucionales del debido proceso legal e intimó a las partes que en un plazo de 30 días se dispongan, en el marco de sus competencias, a dar cumplimiento a lo dispuesto por la Carta Orgánica en materia de administración financiera (arts. 238 ss. y cdts. ; 248 ss. y cdts; 267 ss. y cdts). Por último, la resolución declaró abstracta la medida cautelar. Los fundamentos serán dados a conocer la semana próxima.
La audiencia se realizó en el Salón de Acuerdos de la Corte Provincial y contó con la presencia del Presidente del STJ, doctor Guillermo Horacio Semhan; los Ministros doctores Alejandro Alberto Chain, Fernando Augusto Niz, Eduardo Panseri y la doctora Marta Altabe de Lértora como subrogante. Estuvieron también el Fiscal General doctor César Sotelo; el intendente suspendido Marcelo Otazo, y su abogado doctor Lisandro Almirón; y por parte del Concejo Deliberante, el apoderado doctor Marcelo Fernández, y cinco ediles, incluido Pedro Maidana.
Viernes, 21 de noviembre de 2014