NUEVO MECANISMO DE CONTROL
Habrá un registro de infractores con multas para quienes no voten
Afirman que en las próximas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) se cumplirá con un sistema de sanciones para los ciudadanos que no sufraguen. Si no se justifica la ausencia, tendrán castigo económico y además inhabilitaciones administrativas e incluso laborales.
En las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso), se inaugurará un nuevo mecanismo para sancionar a los ciudadanos que no participen del acto cívico.
De acuerdo con lo que informaron, a partir de este año se pretende garantizar el cumplimiento de la legislación y establecer multas, inhabilitaciones y hasta suspensiones laborales en caso de que la persona no justifique el motivo de la ausencia a las urnas.
En diálogo con EL LIBERTADOR, el secretario de la Junta Electoral Nacional, distrito Corrientes, Carlos Alberto Rausch manifestó que se aplicará la Ley Nº 26.571 con su reglamentación Nº 26.744.
"Para las personas que no participen de las elecciones tendrán una multa de 50 pesos en las primarias y 100 pesos en las generales, siempre y cuando no justifique después de los 60 días del acto electoral", informó.
Si bien estuvo fijada una sanción económica, los montos no estaban actualizados, es por eso que el año pasado se aprobó las modificaciones al Código Electoral Nacional en los puntos: entrega de troquel como constancia de emisión de voto; multas de hasta 500 pesos por falta de voto justificado e imposibilidad de trámites públicos administrativos.
"Esta vez se van a cumplir porque se especificó el monto y además porque con los troqueles será todo más rápido porque todos los empadronados tienen asignado un troquel, por lo que sobrarán los comprobantes de voto que no fueron entregados", indicó.
Es por ello que se dispuso un plazo de 60 días para justificar la imposibilidad de emitir el voto. A partir de ese plazo, la Junta Electoral Nacional elaborará un Registro de Infractores con los troqueles que sobraron.
Además de la sanción económica, el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección.
Tampoco podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, provinciales. También la patronal tiene facultad de sancionar al trabajador que no haya cumplido con las elecciones.
CÓMO PAGAR
La boleta de pago de la multa será generada digitalmente en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral. El pago podrá ser efectuado en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro.
Luego de recibida la comunicación de su pago se encontrará habilitada en el mismo sitio web la generación e impresión de la constancia correspondiente, que será suficiente elemento de prueba para acreditar dicha circunstancia.
Sábado, 3 de agosto de 2013