Judiciales
La Justicia de Corrientes falló a favor de una mujer que fue abusada cuando era menor
Según indicaron, continuará vigente la causa en la que una mujer de 38 años denunció los abusos cometidos por su abuelo cuando ella tenía entre 3 y 4 años de edad, en la localidad de Santa Lucía.
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes (STJ) falló este miércoles a favor de una mujer que fue abusada cuando era menor de edad.
Según indicaron, continuará vigente la causa en la que una mujer de 38 años denunció los abusos cometidos por su abuelo cuando ella tenía entre 3 y 4 años de edad, en la localidad de Santa Lucía.
La causa inició en junio de este año y ahora el STJ aplicó la ley de Respeto a los Tiempos de las Víctimas, luego de que 24 años después de transcurridos los hechos una mujer denunció a su abuelo por los abusos que le cometió desde el año 1986 hasta 1997.
En primera instancia, la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas de Goya imputó al hombre de “Abuso sexual con acceso carnal” y “Abuso sexual simple”, en la modalidad de delito continuado, y ordenó continuar con la investigación penal.
El Juez de Garantías declaró que se había extinguido la acción penal por prescripción y por lo tanto, sobreseyó al imputado. La misma suerte corrió la causa en el Tribunal de Revisión de Mercedes.
Sin embargo, la Corte Provincial entendió que se aplicó de modo erróneo el artículo 67 del Código Penal. En la reforma introducida por la ley 27206 del año 2015, se agregó un párrafo que se refiere a la suspensión de la prescripción.
Por su parte, La Ley de Respeto al Tiempo de las Víctimas establece que el plazo de la prescripción empieza a computarse “cuando la víctima llega a la mayoría de edad y efectúa la denuncia”.
Esto quiere decir que si la víctima llegó a la mayoría de edad, no interesa cuantos años transcurrieron desde la comisión del delito, el hecho que da inicio al plazo de prescripción es la denuncia formulada por la víctima o la ratificación de la denuncia (que pudo haber sido formulada por otros).
De esta forma el ministro, Alejandro Alberto Chain, acompañado en la sentencia N°207/22 y de modo unánime por todos los integrantes de la Corte, sostuvo entonces que la causa llegada en casación al STJ debía seguir vigente, sujeta a la decisión de la víctima, que ya ha llegado a la mayoría de edad.
Miércoles, 26 de octubre de 2022