Policiales
Ordenaron la detención de un hombre condenado por violar a su expareja
El Superior Tribunal de Justicia confirmó en marzo pasado el fallo del Tribunal de Juicio de Paso de los Libres que en 2019 condenó a Mariano Echeverry a la pena de 6 años de prisión por el delito el “abuso sexual con acceso carnal”, en un hecho ocurrido en septiembre de 2017 en la ciudad fronteriza.
Mariano Echeverry fue condenado a 6 años de prisión por abusar de una joven en 2009. El nuevo hecho ocurrió en septiembre de 2017.
Pese a que ahora la defensa presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Tribunal ejecutó la pena.
Cabe recordar que el episodio se produjo en septiembre del 2017, en una vivienda céntrica de Libres, en circunstancias en que el acusado llegó al domicilio de la víctima con quien había mantenido una relación que duró hasta diciembre del 2016. Una vez en el interior de la vivienda, el imputado entró a la habitación de la víctima, cerró la puerta con llave, abusó sexualmente y ejerció violencia física contra ella (cachetazo, la tomó del brazo y las muñecas inmovilizándola con el fin de violarla).
Por este hecho, Echeverry fue condenado en abril del 2019 por el Tribunal Oral y Penal a la pena de seis (6) años de prisión.
La defensa técnica del encartado apeló la decisión del TOP ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
En tanto que la querella, representada por el doctor Rodrigo Nenda, opinó que debía cumplirse la sentencia dictada por el TOP.
En sus argumentos ante el STJ, la defensa sostuvo que “la sentencia del tribunal se basa exclusivamente en la declaración de la víctima, permitiendo una errónea interpretación de la testimonial prestada por el doctor Enrique Vargas, uno de los médicos forenses que realizó los exámenes de rigor, a los dos días del supuesto hecho”. Agregó: “Se halla acreditado que la víctima fue quien citó al ahora condenado a su domicilio, y que luego de que terminara la relación entre su defendido y C. B., continuaron manteniendo relaciones íntimas”, es decir, consintiendo el vínculo.
Sobre los informes médicos, la defensa del imputado manifestó que “no surge ningún tipo de lesión compatible con un ataque sexual”, añadiendo que existieron contradicciones en el relato de C. B., “ya que una persona que ha sido víctima de una violación no puede sentarse con sus padres a tomar mates sin brindar indicios de que algo malo le pasó”.
A esto, la defensa definió como incongruencias en el testimonio, precisó el portal de noticias Confirmado.
Pese a los fundamentos esgrimidos, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia resolvió rechazar de manera unánime el recurso de casación formulado por la defensa particular de Mariano Echeverry y convalidó lo actuado por el Tribunal de Juicio.
La defensa ahora presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sin embargo, el Tribunal, presidido por el doctor Marcelo Fleitas, ejecutó la pena.
La orden establece que Mariano Echeverry deberá constituirse detenido en la alcaidía local y cumplir el resto de la pena impuesta, es decir cinco (5) años, once (11) meses y veintisiete (27) días.
Jueves, 6 de octubre de 2022