EN LA CAUSA SANTA CATALINA
La Corte Suprema revocó una condena a Tato, dice que violentaron el derecho
El máximo órgano judicial del país dio la razón a una queja de Romero Feris. Admite que hubo irregularidades. El STJ en problemas.Hubo menoscabo del derecho”. Con esa frase se resume la opinión categórica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de una de las causas en la que fue condenado Raúl Rolando “Tato” Romero Feris y por la que se encuentra privado de la libertad.
Ahora la sentencia tendrá que ser revisada, así lo ordena el máximo órgano judicial del país que admite que parte del proceso judicial, especialmente en la etapa de la casación, se cometieron irregularidades que lesionan la garantía de la defensa en juicio. Además, en una resolución de nueve carillas, describe medulosamente otros atropellos procesales que se cometieron; en pocas palabras, los miembros de la Corte sostienen que la condena a Tato no es válida.
Se trata de la causa Santa Catalina, en la que se le imputaba al ex gobernador y dos veces intendente de Corrientes el delito de peculado. Al cabo de ese proceso fue condenado a cuatro años y seis meses de prisión con inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, ahora, esa sentencia que fue apelada por la defensa de Romero Feris en todas las instancias, quedará sujeta a revisión. Es lo que ordena la Corte. Conclusión: no es procedente alegar la culpabilidad del líder del Partido Nuevo.
“La sentencia no está firme, es importante tener presente este dato porque es una de las tantas causas por las cuales se está ejecutando su condena, que lo priva de la libertad”, explicó uno de los abogados defensores, José María Arrieta, quien alertó “ahora se abren distintas posibilidades, pero es un hecho que Romero Feris debería estar en libertad” (ver aparte).
En mayo del año 2016 el Tribunal Oral Penal Nº 2 de esta capital, presidido por el juez Mario Alegre, unificó tres causas contra Tato Romero Feris y ordenó su detención, lo que motivó una serie de reclamos de la defensa para evitar la “arbitrariedad” pues como quedó visto con el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia no hay sentencias ajustadas a derecho, una de esas línea de acción está muy avanzada en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que hizo lugar a un planteo formulado por los vicios que cometió la Justicia correntina para investigar, juzgar y condenar al ex mandatario provincial.
En paralelo a ese trámite ante la Comisión Interamericana, corría una gestión ante la Corte Suprema de Justicia, que finalmente prosperó y dio como resultado la revocatoria que se conoció en las últimas horas. Todo comenzó con un planteo de los abogados defensores de Romero Feris que recurrieron al Superior Tribunal de Justicia para apelar el fallo condenatorio de Santa Catalina, ese recurso de casación les fue negado, pero además le cerraron la puerta al recurso federal, entonces decidieron ir en queja a la Corte Suprema que hizo lugar a la presentación y abrió una instancia de revisión del caso.
Doble triunfo para Romero Feris, consiguió que la Corte aceptara el recurso en queja (que muy pocas veces tiene éxito) y además la resolución posterior del cuerpo es favorable a su pretensión, ya que convalidó todas las denuncias formuladas y ordenó que se dicte nueva sentencia. Además dejó plasmado en la resolución las graves faltas que se cometieron y que fueron consentidas por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, que en 2016 desobedeció en varias ocasiones el pedido de la Corte para que le remitiera el expediente para su estudio
Pálido desempeño para los magistrados correntinos que ahora recibieron la amonestación de la misma Corte Suprema en formato de resolución, que lleva la firma de tres de sus miembros, el presidente Ricardo Luis Lorenzetti y los ministro Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.s
Aunque la resolución que dictó el martes pasado la Corte Suprema de Justicia de la Nación haciendo lugar a una queja de la defensa de Raúl Tato Romero Feris no es determinante para lograr su libertad, actualmente conculcada, en los hechos configura la formal admisión por uno de los poderes del Estado argentino de que el embate judicial que viene soportando desde hace dos décadas está plagado de irregularidades y que las condenas que recibió son susceptibles de revisión pues fueron definidas con “menoscabo del derecho”, tal como lo afirmó el juez Ricardo Lorenzetti y compañía.
Este fallo de la Corte no le devuelve -en lo inmediato- la libertad a Romero Feris, pero reconoce que fue mal condenado en la causa Santa Catalina, que la sentencia así como fue dictada no corresponde, que hubo jueces especiales, que se violentó la garantía de defensa en juicio, etc. etc.
Si la causa Santa Catalina está viciada, por qué no habría de suceder lo mismo con las otras causas en las que fue igualmente condenado. Este es el planteo central que viene haciendo el ex gobernador y dos veces intendente de Corrientes, a través de sus abogados, desde hace mucho tiempo. Es, justamente, el aspecto sobre el que puso atención la Corte Interamericana de Derechos Humanos al habilitar su reclamo sobre la “negación de justicia”. Por eso el reciente fallo de la Corte Suprema de la Nación abre las puertas a un replanteo integral de todo el proceso al que fue sometido durante todos estos años Romero Feris y consecuentemente a su actual condición de detenido.
“Tato Romero Feris debería estar en libertad, independientemente de esta decisión que ha tomado la Corte”, señaló el abogado Arrieta. Y lo explicó de la siguiente manera, “en la causa Santa Catalina ya se dio por cumplida la pena y por lo tanto la revisión de la sentencia no tiene incidencia directa con su libertad, sin embargo es importante el fallo de la Corte que nos da la razón, porque dice que la conformación del tribunal que lo sentenció era improcedente y era el mismo que actuó en las otras causas”. Ergo, si estuvo mal en una, estuvo mal en todas.
Viernes, 23 de febrero de 2018