LIBRES - Ocurrió en el año 2008
Policía condenado a 6 meses de prisión en suspenso por agresión
(Domingo 13 de Mayo) En 2008, un oficial golpeó con la tonfa a un hombre en el estómago e hizo que su cámara se dañara. El STJ rechazó la nulidad en casación. En un fallo recientemente emitido por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes, un efectivo policial quedó con sentencia firme de seis meses de prisión en suspenso por haber agredido a un hombre en un incidente ocurrido en la ciudad de Paso de los Libres en el año 2008.
Según lo comunicado por el Poder provincial, él rechazó en casación el planteo de la defensa de un oficial de la Fuerza que había agredido físicamente a un hombre en el marco del carnaval. El argumento fue que “se encontraba capacitado para disuadir un tumulto sin incurrir en atropellos que atenten contra la integridad física o psíquica del público”.
El hecho que suscitó el proceso judicial se registró en la madrugada del 17 de febrero de 2008 en el corsódromo de la ciudad fronteriza cuando el agente se hallaba prestando servicios de policía adicional.
En ese momento, en ejercicio de sus funciones, el oficial Gabriel Oscar Meza “propinó golpes en la zona ventral del cuerpo del denunciante con su bastón reglamentario. Como resultado de otro golpe en la mano, la víctima cayó al suelo con su cámara filmadora y le ocasionó lesiones en el cuerpo, aunque la máquina -tras ser pisoteada- se dañó totalmente”, divulgaron ayer fuentes oficiales.
El uniformado sostuvo que durante el procedimiento, el denunciante lo tomó del hombro y lo tiró para atrás, realizando un manoteo con sus brazos. “Se juntaron muchas personas y el policía comenzó a empujar a la gente para que se retirara del lugar, y con la tonfa, elemento legalmente autorizado como parte de la investidura policial, realizó en forma de círculo tomas para abrir camino y no ser atacado”, sostuvo la Corte.
El procedimiento concluyó con la detención de tres personas.
La defensa dijo que el juez valoró erróneamente el DVD ofrecido como prueba ya que el procedimiento habría demandado una media hora mientras la filmación tiene un tiempo de duración de dos o tres minutos. Señaló que su defendido actuó como policía y promovió la revocación de la sentencia dictada el martes 24 de abril: seis meses de prisión en suspenso por ser culpable de “Lesiones Leves Calificadas por la Condición de integrante de las Fuerzas de Seguridad del Sujeto activo y Daño en Concurso Real”.
Rechazo en casación
Para los integrantes de la Corte provincial, una vez realizado el análisis de la causa y controlada la sentencia, “no apreciaron configurado ninguno de los vicios adjudicados en la valoración de los elementos probatorios incorporados al proceso, como así tampoco en la falta de fundamentación”. Al contrario, reúne todos los requisitos de una sentencia válida, expresaron.
Los ministros Alejandro Alberto Chaín, Guillermo Horacio Semhan y Juan Carlos Codello indicaron en la sentencia Nº34/12 que “el que funcionario policial está obligado a prevenir, disuadir o interferir en la comisión de hechos delictuosos o hechos que afecten la tranquilidad y el desarrollo de un espectáculo público, -como lo fue en éste caso para una fiesta carnestolenda- lo que no significa que se encuentre habilitado a cometer excesos en su accionar, para el cual se encuentra capacitado, física e intelectualmente para disuadir un tumulto sin incurrir en atropellos que atenten contra la integridad física o psíquica del público que asiste a este tipo de espectáculos”. Así rechazaron el recurso de casación y confirmaron la sentencia del tribunal inferior.
Domingo, 13 de mayo de 2012