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Miércoles 15 de Enero de 2025

ADOPCIÓN PRENATAL

Repercusión nacional por decisión de jueza libreña al ser el primer caso del país
Los medios nacionales se hicieron eco de una noticia que ya fuera dada a conocer en los principales medios de la ciudad, como así también de la provincia hace algunas semanas. Se trata de Marta Legarreta, a cargo del juzgado de familia donde dio en adopción a una beba antes de nacer.
Texto de TN:

La decisión no tiene precedentes. Una chica de 17 años violada por su padrastro pidió interrumpir el embarazo, que era peligroso por lo avanzado de la gestación. En tribunales, solicitó entregar a la beba "sin verla".

Una jueza de Paso de los Libres, Corrientes, declaró el estado de adoptabilidad de una beba producto de una violación antes de su nacimiento, a pesar de que la ley establece que se debe esperar 45 días. Se trata de Marta Legarreta, a cargo del juzgado de familia donde la embarazada, una chica de 17 años violada por su padrastro, se presentó para pedir un aborto.

La magistrada relata el proceso pormenorizadamente en dos escritos. En marzo, recibió a la menor de edad, que llegó acompañada por una tía. "Yo pedí para venir, yo le dije todo a mi tía, porque yo estaba reharta de mi padrastro, que me abusa desde que yo tenía 13 años", declaró, la chica, que ya tiene una hija de tres años producto de las violaciones reiteradas. El hombre, según refirió, la amenazaba con pegarle si le contaba lo ocurrido a su madre.

La chica confirmó que estaba embarazada y, frente a la jueza, aseguró que comprendía lo que significaba hacerse un aborto, y que estaba segura de querer hacérselo, porque no quería "tener de nuevo otro bebé a la fuerza, producto de una violación".

La chica fue entonces evaluada por un psicólogo forense para verificar su capacidad de discernimiento, que resultó ser normal. Según el escrito de la jueza, se la derivó de inmediato al Hospital San José, donde se verificó mediante análisis que el tiempo de gestación era de 23 semanas y 2 días. Esto impedía la interrupción pretendida, según el fallo FAL de la Corte Suprema, que establece además que no es necesaria autorización, denuncia o intervención judicial alguna.

La jueza hizo intervenir a una asesora de menores en ausencia de los padres de la chica para que autorizara el procedimiento. Decretó por otro lado la prohibición de acercamiento del padrastro a 200 metros y le ordenó al Hospital San José que realizara el aborto, a pesar de que formalmente era innecesario.

La chica asegura haberse dado cuenta de que estaba embarazada pocos días antes de presentarse ante el juzgado, sin saber que el derecho la asistía sin necesidad de autorización judicial .
La chica asegura haberse dado cuenta de que estaba embarazada pocos días antes de presentarse ante el juzgado, sin saber que el derecho la asistía sin necesidad de autorización judicial .
"Cambio de opinión"
En julio, ya habiendo cumplido la mayoría de edad, la chica se presentó nuevamente ante la jueza, y le manifestó que quería seguir adelante con su embarazo. Legarreta se refiere en uno de los escritos a un informe de las psicólogas del hospital, donde se informa que "habiendo sido informada de las posibles consecuencias y/o riesgos de llevar a cabo un legrado en este período gestacional (23 semanas), ha cambiado de opinión y libremente ha decidido continuar con su embarazo para luego darlo en adopción".

Según el escrito fechado en julio, pocos días antes de dar a luz, la chica embarazada declaró ante la jueza y la asesora de menores que su decisión era firme y que quería "no quiero ver al bebé al momento del nacimiento y quiero que esté la familia adoptante para evitar que el bebé quede conmigo". También manifestó que no quería darle de mamar.

Su tía, que la asistía nuevamente, pidió que se le garantizara privacidad en el hospital y que "nadie le preguntara el porqué de la adopción".

Estaba segura de querer hacerse un aborto porque no quería tener otro bebé a la fuerza.
La jueza prosigue mencionando que se encuentra ante el caso de "una persona vulnerable", y que debe "conciliar el derecho de la joven madre con el de la persona por nacer".

La ley dispone que el estado de adoptabilidad debe declararse solo después de los primeros 45 días de nacido el bebé. Sin embargo, la magistrada opina que en este caso, siendo el embarazo producto de una violación intrafamiliar y estando firme la decisión de la madre, no es necesario esperar ese plazo. Se funda en un fallo de la Dra Aída Kremelmajer, donde se señala que en caso de violación "no es necesario" tratar de convencer a la madre de que se quede con el bebé ni que referentes afectivos se hagan cargo de el recién nacido.

La familia elegida para adoptar la beba, que nació el 13 de julio, surgió del Registro Único de aspirantes y reside en la zona. Según la ley vigente, a los 45 días, la mujer que da en adopción puede arrepentirse. La jueza evaluó pedir la inconstitucionalidad del plazo, pero desistió. Cuando la nena cumpla un mes y medio, se iniciará el proceso de adopción.

Con respecto a su decisión, que la convierte en la primera jueza que decreta el estado de adoptabilidad de un bebé antes de su nacimiento, alega: "Se trata de una medida urgente tendiente a evitar los riesgos que acarrearía la permanencia del niño (esos 45 días) junto a su madre, contra su voluntad, sumido al peligro de un posible abandono o entrega ilícita a terceros".


Jueves, 1 de agosto de 2019
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