Ganancias:
¿Qué jubilados pagarán el impuesto con la nueva forma de liquidación de la Anses?
Se estableció un nuevo esquema de cálculo de retención del tributo que afectará a más beneficiarios del sistema de previsión; se aplica desde la jubilación y pensión de enero.-A partir de un nuevo esquema de cálculo de retención de impuesto a las ganancias establecidos por la Anses, más jubilados y pensionados pagarán el tributo durante el 2019.
Hasta ahora, para determinar quién lo pagaba en el caso de aquellos que perciben jubilación y pensión, el organismo tenía en cuenta el monto de cada beneficio en particular. Si ninguno de los dos superaba el límite dispuesto por ley para comenzar a tributar, no se aplicaba el descuento.
Sin embargo, este año, la entidad determinó que la retención se haga por cada CUIL. Es decir, que si una persona cobra más de un beneficio previsional, como jubilación y pensión, y la suma supera el límite de la base para tributar, entonces queda alcanzada por el impuesto.
A diferencia de los trabajadores activos, cuyo piso antes de pagar ganancias es de alrededor de $38.300, en el caso de jubilados y pensionados es seis veces superior al haber mensual mínimo, por lo que hoy sería alrededor de $55.854 y en marzo será de $62.462.
Este aumento del piso se debe a que los haberes previsionales tendrán un alza nominal de 11,83%, establecido el año pasado. Esos montos imponibles son mayores en el caso de que el jubilado informe deducciones, ya sea por cónyuge, siempre que no tenga ingresos propios, por familiares a cargo, como hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo, o por determinados gastos, siempre permita la ley.
Hay que tener en cuenta que este ingreso libre de imposición de los seis haberes mínimos es, según establece la ley, para quienes cumplan con dos requisitos: no recibir ingresos de otras fuentes (como podría ser un sueldo o un alquiler) y no estar alcanzado por el impuesto a los Bienes Personales, salvo que esto último ocurra solamente por el inmueble que es usado como vivienda.
De este modo y a partir de esta nueva circular, jubilados que hasta ahora no habían tenido retenciones por esa carga fiscal, comienzan a tenerlas. Esta medida es válida a partir de los haberes de enero pasado.
Martes, 5 de febrero de 2019