CONSIDERACIONES SOBRE LA LEY DE FLAGRANCIA
Falta de cárceles dificulta su aplicación
El fiscal federal subrogante en la ciudad de Paso de los Libres, Fabián Martínez, sostuvo que la ley de Flagrancia es muy buena, aunque está incompleta. Martínez fue el primero en la provincia que solicitó que se aplique el nuevo procedimiento en el ámbito federal.
Mientras en la provincia de Corrientes el Poder Judicial puso en marcha este 1 de mayo un discutido reglamento para aplicar un procedimiento acelerado a los hechos delictivos cuyo autor sea hallado en acto de flagrancia, en la Justicia Federal -que aplica el mecanismo y se usa desde 2016- aseguraron que la herramienta jurídica fue resistida en un primer momento, pero luego de ser aplicada en forma progresiva fue aceptada, porque es de mucha ayuda para dar agilidad al sistema judicial en el tratamiento de ciertos delitos.
Los operadores judiciales advierten, sin embargo, que todavía existen dificultades por las carencias de material técnico y, sobre todo, de lugares de detención. Este fin de semana, funcionarios de la Justicia Federal de Corrientes dieron sus apreciaciones, a Norte de Corrientes, respecto a la efectividad de la ley mencionada.
Uno de los que opinó fue el fiscal federal de la ciudad de Corrientes, Flavio Ferrini, quien sostuvo que desde que entró en vigencia se la empezó a poner en práctica y analizando la situación en función a pruebas y errores. Así se fue analizando en qué casos en particular se puede avanzar. En este sentido, dijo que más allá de los hechos que se consideran en flagrancia, para que pueda aplicarse el procedimiento en el caso debe existir facilidad para producir pruebas y en forma rápida. Por ejemplo, para un caso de tenencia de estupefacientes, el peritaje a la droga hallada -para constatar que se trata de una sustancia prohibida- debe ser la única prueba a producir. Por el contrario, si hay un teléfono que peritar, el caso ya no puede ser considerado flagrancia, porque hay que solicitar un estudio que lleva hasta un mes, y con eso se dilata el tiempo establecido para que se incluya en el procedimiento. En relación a esto, apuntó también: Cuando la competencia territorial es extensa, se genera un problema cuando ocurre un caso de flagrancia lejos del juzgado, y esto es porque la Ley indica que si o si tiene que haber un detenido, quien debe ser llevado ante el juez.
El problema es que muchas veces en 24 horas es imposible llevarlo para la audiencia. La distancia y las dificultades para trasladarlo hacen que no se cumpla el plazo. Otro inconveniente que se presenta es que actualmente en algunas provincias los fiscales y los jueces federales deben atender causas en todas las ramas del Derecho. Los funcionarios que son multifuero deben dejar de atender expedientes de otros ámbitos -como las causas laborales, previsionales y penales ordinarias y tributarias- para abocarse exclusivamente a participar de las audiencias por delitos flagrantes. Puede ocurrir que una audiencia lleve una mañana, en ese tiempo ni el fiscal ni el juez de primera instancia pueden atender otras cuestiones. Si bien se resuelve un caso por el que se le puede acordar una probation. Aclaró que está previsto que se creen fiscalías y juzgados especializados, y allí se podrá agilizar más el tratamiento de los casos. En tanto, el fiscal federal subrogante en la ciudad de Paso de los Libres, Fabián Martínez, sostuvo que la ley de Flagrancia es muy buena, aunque está incompleta. Martínez fue el primero en la provincia que solicitó que se aplique el nuevo procedimiento en el ámbito federal. En el caso estaba involucrado un ciudadano de Paso de los Libres que fue apresado por la Gendarmería el 14 de diciembre, mientras comercializaba cocaína en la playa de estacionamiento del complejo de la terminal de cargas de esta ciudad del sur provincial. Aclaró que la solicitud fue porque hay una ley vigente que están obligados a cumplirla. Al referirse a esta ley sostuvo que el objetivo es acelerar los tiempos para el tratamiento de casos delictivos, aunque consideró que se hizo la ley, pero no se dotó de recursos materiales y humanos a las fiscalías y juzgados. Coincidió con Ferrini en que para poder aplicar en plenitud el procedimiento faltaría, por ejemplo, un fiscal auxiliar, porque al fiscal y al juez les lleva tiempo realizar la audiencia (por flagrancia), y los tramites cotidianos se retrasan. Pero remarcó que lo que facilita imprimir celeridad al proceso es que es innecesaria la comprobación de los hechos, porque son delitos que no requieren mucha elaboración y ya está probado el delito de instancia publica, como el tráfico de drogas.
También sostuvo que la ley es clara y que hay veces en que las pruebas halladas no permiten avanzar en el procedimiento de flagrancia, porque hay que iniciar una investigación o pedir peritajes que llevan su tiempo. Consideró, pese a las dificultades, que en un futuro no muy lejano esto se estará aplicando masivamente, porque es una puerta a lo que se viene: con el nuevo Código Procesal lo que se da lugar es a la oralidad. Norte
Lunes, 7 de mayo de 2018