A PARTIR DE ENERO
Los asalariados pagarán menos Ganancias
La Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los valores de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y las cargas de familia) y los tramos de ingresos de las alícuotas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias.
La AFIP anticipó las nuevas deducciones que determinarán el mínimo no imponible en 2018.
El organismo dirigido por Alberto Abad actualizó las escalas sobre la base de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) desde noviembre de 2016 a octubre de 2017.
La AFIP actualizó las escalas de tributación y las deducciones, sobre la base de la variación interanual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) a octubre último, 28,77 por ciento
Ahora los valores deducibles para el acumulado de los doce meses de 2018, antes del pago del Impuesto a las Ganancias, son los siguientes:
Ganancias no imponibles hasta 66.917,91 pesos.
Por cónyuge 62.385,20 pesos.
Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo 31.461,09 pesos.
Deducción especial hasta 66.917,91 pesos.
Con estos nuevos valores los empleados en relación de dependencia pagarán menos impuesto a las ganancias sobre los salarios que cobren desde el primer día de enero de 2018.
Las actualizaciones de los valores están contempladas en la ley de Impuesto a las Ganancias, en sus artículos 23 y 90, donde se establece un parámetro específico de actualización a través del coeficiente de variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), al cabo de cada octubre, que en este caso fue de 28,77%; pasó de $20.069,30 a 25.843,50 pesos.
Miércoles, 20 de diciembre de 2017