SE AVALÓ LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA REFORMA DE 2007
El Superior Tribunal convalidó el criterio de la Corte Suprema
Finalmente el Superior Tribunal dispuso hacer efectiva la división del Ministerio Público. Lo hizo en línea con lo resuelto tiempo atrás por el más alto tribunal de la Nación, que dejó sin efecto un fallo de la corte provincial que había dispuesto la inconstitucionalidad de lo actuado por la convención reformadora.
Aunque las funciones de César Sotelo quedan recortadas con el fallo del Superior, en las últimas horas cobró cuerpo la versión de que el Fiscal General sería quien cubriría la vacante dejada por la renuncia de Carlos Rubín. Su lugar podría ser ocupado por el actual Fiscal Adjunto Jorge Semhan, que en tal caso declinaría su postulación como Defensor General, cuyo pliego está en el tramo final de su aprobación por el Senado.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) con fecha 5 del corriente hizo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la Fiscalía de Estado, a cargo de César Sotelo.
Como consecuencia quedó sin efecto la abstención del Poder Ejecutivo y el Senado de prestar acuerdo o nombrar a los postulantes cuyos pliegos se encontraban en trámite para cubrir los cargos de Defensor General y Asesor General.
El STJ dictó el 6 de marzo de 2009 una sentencia por la cual se hacía lugar parcialmente a la demanda promovida por el doctor César Sotelo como titular de la Fiscalía General del Poder Judicial para declarar la nulidad de la incorporación de los cargos de Defensor General y Asesor General.
Previo a ello, el 14 de agosto de 2008 el STJ había dictado una resolución en la que rechazaba la falta de legitimación activa, falta de personería, falta de causa e incompetencia deducidas por el Fiscal de Estado que acudió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
REFERENCIA
Cabe recordar que en diciembre de 2010 el máximo tribunal del país hizo lugar a la queja de la Fiscalía de Estado -aún cuando la Procuraduría- y declaró procedente el recurso extraordinario, ordenando el reenvío de la causa a la Justicia Provincial.
Tras abocarse al estudio del caso los doctores Semhan, Chaín y Niz consideraron que el Fiscal General carecía de competencia para promover una acción de esas características y que además no había quedado cabalmente demostrado el modo en que la división del Ministerio Público afectaría a la sociedad, desnaturalizando la autonomía funcional del órgano.
(El Libertador)
Viernes, 7 de febrero de 2014