FINANZAS
Las transferencias electrónicas hasta $ 20 mil no tendrán costo
Lo dispuso el directorio del Banco Central. Incluye cajeros automáticos, home banking y terminales de autoservicio. Eleva el monto desde $10 mil. Regirá desde septiembre. El directorio del Banco Central adoptó una serie de medidas orientadas a estimular la bancarización. Por una parte, se dispuso que serán gratuitas e inmediatas las transferencias electrónicas por montos de hasta $20.000 diarios (antes era por un máximo de $10.000); y la medida regirá a partir del primero de septiembre.
“Las operaciones que tendrán este beneficio incluyen las que se realicen a través de cajeros automáticos, home banking y terminales de autoservicio”, aclaran en el Central.
Con este incremento una parte sustancial de las transferencias quedará alcanzada por la medida, ya que según datos del BCRA el 90% de las mismas involucran montos inferiores a 20.000 pesos.
Hasta el momento, no tienen costo y se realizan en forma inmediata las transferencias electrónicas diarias de hasta 10.000 pesos, monto que desde septiembre será de hasta 20.000 pesos.
Cuando en noviembre del 2010 el BCRA aprobó la gratuidad de las transferencias electrónicas de hasta 10.000 pesos diarios, acordó con el sistema financiero que se trabajaría en afianzar los mecanismos informáticos y de seguridad para ir incrementando los montos no sujetos a cargos o comisiones.
Al haberse avanzado en ese objetivo, se resolvió ampliar el monto para las transferencias gratuitas.
Paralelamente, el directorio del BCRA aprobó una norma por la cual se permite a las entidades financieras deducir de la exigencia de efectivo mínimo el “consumo” de efectivo de los cajeros automáticos.
“Este consumo estará calculado como la diferencia entre el saldo remanente en los cajeros y el monto con el que se lo recarga. La medida tiene como finalidad aumentar el grado de bancarización, ponderando más aquellas zonas que están menos bancarizadas”, explican fuentes de la entidad.
Para ello, agregan, habrá mayores estímulos para la recarga de los cajeros automáticos de acuerdo con el lugar donde los mismos estén instalados.
“Estas facilidades serán únicamente aplicables a los cajeros ‘abiertos’, es decir, disponibles para todo el público y no así para aquellos que las entidades establecen como de uso exclusivo de sus clientes”, sostienen.
Concretamente, la medida aprobada por el BCRA consiste en una deducción en la exigencia de efectivo mínimo asociada al monto “consumido” de los cajeros automáticos, deducción que, a su vez, variará según la zona en la cual esté ubicado como así también por estar dentro o fuera de una sucursal. La medida entró en vigor el primero de agosto último
Jueves, 8 de agosto de 2013