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Jueves 18 de Abril de 2024

Causa Ramón Jalife

Confirman condena de 10 años y 6 meses de reclusión por haber intentado matar a su vecino con armas de fuego
El Superior Tribunal de Justicia, en audiencia oral, y por unanimidad, mediante sentencia penal N° 54/21 rechazó el recurso de casación presentado por la defensa particular de un hombre condenado por el Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres, mediante sentencia N° 51/18 a 10 años y 6 meses de reclusión.

Se lo encontró responsable de los delitos de coacción simple en concurso real, con homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, portación y tenencia ilegitima de arma de fuego categorizada de guerra.

Estos delitos están previstos y penados por los artículos 149 bis, segundo párrafo, 55, 79, en relación al 41 bis, y en relación al 42, 189 bis, segundo párrafo, apartados 2° y 4°, y 54, todos del Código Penal.

La defensa particular sostuvo que los hechos no fueron analizados correctamente por el Tribunal y solicitó la absolución por el delito de coacción simple, subsumiendo la figura de portación y tenencia de arma de guerra.

También pidió la modificando de la calificación legal del último hecho bajo la figura de lesiones graves y consecuentemente una reducción de la pena a 6 años de prisión.

Pretensiones rechazadas en la audiencia llevada a cabo hoy en el Salón de Acuerdos del Superior Tribunal, que fue la tercera del año 2021.

Estuvieron presentes los ministros doctores Luis Eduardo Rey Vázquez, Fernando Augusto Niz, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Chaín.

Este tipo de audiencias orales se materializarán durante el resto del año, una vez por semana ya que garantizan celeridad, inmediatez, transparencia, eficacia y eficiencia en los procesos.

El fiscal adjunto, doctor Jorge Omar Semhan y la defensa particular, participaron a través de la plataforma Cisco Webex Meetings (en forma remota) en cumplimiento a las medidas de aislamiento dispuesta en el marco de la pandemia por COVID-19.

Los fundamentos de la sentencia N°54/21 serán dados a conocer el viernes 26 de marzo de 2021 a las 12 horas.

Agravios

La defensa se agravió porque consideró que el Tribunal tuvo por probado el hecho con las declaraciones testimoniales de la víctima y la pareja y no valoró lo declarado por otro testigo que aseguró que solo escuchó insultos por parte de la víctima al imputado.

También entendió que se afectó el principio de congruencia atento a que en los fundamentos del fallo el magistrado se cercenó el derecho de defensa del imputado al ver que la conducta reprochada ha sido sustancialmente modificada en su perjuicio.

Continuó expresando que no fue precisa y contundente la determinación del dolo. De esta manera el dolo homicida lo extrae de la acción de efectuar tres disparos de arma de fuego en una corta distancia, impactando dos de ellos en la zona dorsal (espalda), lo que es causal de agravio en razón de que el solo hecho de haber disparado sobre la víctima no permite inferir la existencia del dolo homicida.

Y aseguró que debido a la corta distancia que los separaba si el imputado hubiese tenido intención de matar hubiese dirigido los disparos a zonas del cuerpo que de ser afectadas llevarían seguramente a la muerte.

En este marco, el defensor particular remarcó que no se analiza el desistimiento voluntario, lo que surge del plexo probatorio pues elimputado tuvo la oportunidad de terminar con la vida de la víctima, y sin embargo desistió de su accionar.

Hechos

El primer hecho sucedió el 15 de Agosto de 2016 donde vive la víctima, que cuando llegaba a su casa junto a su novia, fue interceptado el condenado quien lo amenazó diciéndole “seguí nomás pasando vos por mi vereda, ya vas a ver lo que te va a pasar” .

El mismo día y lugar, más tarde y luego de haber mantenido la víctima y el victimario numerosas discusiones por el estacionamiento de sus respectivos vehículos, la víctima regresaba a su vivienda, dejando estacionado su moto-vehículo sobre la vereda.

El condenado le recordó que no podía transitar por allí y extrajo de sus ropas un arma de fuego, tipo revólver calibre 38. Esa arma la portaba ilegítimamente sin contar con su debida autorización e intentó dar muerte a la víctima efectuando varios disparos hacia su cuerpo: 3 en la zona posterior del brazo derecho, sin orificio de salida y 2 en la parte dorsal derecha e izquierda sin orificio de salida.

En ese momento, la víctima escapó corriendo hacia la intersección de calle Madariaga y Belgrano y el condenado regresó a su domicilio y buscó un arma tipo escopeta, recortada. Un vecino asistió a la víctima y lo trasladó al hospital. Padeció lesiones de carácter gravísimo con un tiempo de curación clínica indefinida y su vida estuvo en peligro.


Jueves, 18 de marzo de 2021
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