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Jueves 25 de Abril de 2024

JUZGADO FEDERAL

Procesaron a tres ex militares y un ex gendarme por privaciones ilegales y tormentos en Ex RI9
El juez federal de Corrientes Carlos Soto Dávila procesó con prisión preventiva a los militares retirados Juan Carlos De Marchi, Horacio Losito y Rafael Barreiro y al ex gendarme Raúl Alfredo Reynoso, por delitos de lesa humanidad cometidos por el grupo de tareas del Regimiento N° 9 de Infantería durante el terrorismo de estado en esa provincia. Ya estaban condenados por otra causa en el ex RI9

La resolución contextualiza que los hechos -privaciones ilegítimas de la libertad, secuestros, severidades, tormentos y desaparición forzada de personas, entre otros- fueron cometidos por personal de las distintas fuerzas de seguridad y el Ejército Argentino.
Para ello, describió el juez, se realizaban procedimientos “en toda la provincia” que involucraban detenciones de personas y allanamientos de moradas sin orden judicial, irrumpiendo en las viviendas de las víctimas, quienes eran apresadas y trasladadas al Regimiento de Infantería Nº 9, a la Alcaidía de la Policía Provincial y a las dependencias de Gendarmería Nacional, lugares donde funcionaron centros clandestinos de detención.

De Marchi, en su calidad de capitán, con el cargo de oficial de Inteligencia a cargo de la Compañía Comandos y Servicios del Regimiento Infantería 9, hasta 1977, fue procesado por los delitos de privación ilegal de la libertad y tormentos en perjuicio de 64 víctimas.

A Losito se le imputan los mismos delitos contra 45 víctimas, cuando se desempeñó como subteniente y oficial de Inteligencia de la Compañía a cargo de De Marchi; Barreiro, por su parte, fue procesado por su participación en los crímenes cometidos contra 63 víctimas, durante su paso como oficial de Inteligencia en la misma división hasta 1979.

Finalmente, Reynoso -en su rol de Alférez de la Gendarmería Nacional en Corrientes- fue procesado por esos mismos delitos, que tuvo por víctimas a 60 hombres y mujeres.

La decisión del magistrado incluye, además de la prisión preventiva, embargos de 200 mil pesos sobre los bienes o dinero de cada uno de los imputados.

El fallo hizo hincapié en “la posición jerárquica que ocupaban los imputados dentro de la estructura de poder conformada en el desarrollo de la denominada ‘Lucha Antisubversiva’, al encontrase situados en una posición de privilegio, planeamiento y dictado de órdenes -esto es con dominio de los hechos- en la cadena de mando que ordenó el cometido de los ilícitos que en la presente causa se investigan”. Por ese motivo, los encontró como autores mediatos de los sucesos.

CONDENA ANTERIOR
Los miembros del Regimiento N°9 ya habían sido condenados en el 2008, al encontrarlos responsables de entre seis y trece hechos. Los testimonios recabados durante ese juicio llevaron a la apertura de una nueva investigación sobre la intervención de los mandos mayores de esa dependencia y nuevos casos.

A Reynoso se le impuso en aquél juicio una pena de 18 años de prisión, pero hacía uno que gozaba de libertad condicional; con el reciente procesamiento se ordenó nuevamente su detención, ya que en el primer juicio se había probado su participación en seis hechos, y ahora deberá responder por otras 60 víctimas.

(Momarandu)


Jueves, 13 de abril de 2017
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