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Lunes 6 de Mayo de 2024

CASO IFRÁN

Informaron los fundamentos de la destitución de la asesora de Menores quien prepara su apelación
Desde el Jurado de Enjuiciamiento comunicaron ayer que cuatro de sus miembros consideraron que quedó demostrado el mal desempeño, por lo que apoyaron la separación del cargo. Pero uno votó en disidencia porque adujo que en el proceso no se probó la conducta inadecuada de la enjuiciada.
Ifrán ratificó que apelará el fallo e insistió en que no se garantizó su debida defensa.

Por presunto mal desempeño, la mayoría de los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento resolvió votar a favor de la destitución de la asesora de Menores de Paso de los Libres, Sandra Ifrán. Ayer fueron informados los argumentos del fallo, con el cual disintió uno de los miembros del Jury. La citada funcionaria, ratificó a este diario que apelará su separación del cargo.

Ifrán estaba suspendida desde noviembre del año pasado y en el corriente mes, se inició el juicio político a cargo del Jury que emitió una sentencia el pasado martes 10 la cual consistió en destituir a la Asesora de Menores de Paso de los Libres.

Una decisión que fue apoyada por el doctor Gustavo Sánchez Mariño (Colegio de Magistrados); Graciela Rodríguez (Senadores); Laura Vischi (Diputados) y Miguel Angel Salvarredy (Diputados). Coincidieron en varios conceptos sobre lo que significa mal desempeño y en este marco señalaron que para “elAlto Tribunal ‘mal desempeño’ o ‘mala conducta’, no requieren la comisión de un delito, sino que basta para separar a un magistrado la demostración de que no se encuentra en condiciones de desempeñar el cargo de las circunstancias que los poderes públicos exigen; no es necesaria una conducta criminal, es suficiente con que el imputado sea un mal juez”. Luego, enumeraron primero y detallan después, los hechos por los cuales fue cuestionada la conducta de Ifrán: presunto manejo y organización inadecuada de las áreas a su cargo; mal trato hacia el equipo de trabajo como así también conducta incorrecta en el ejercicio de la Defensoría de Pobres y Ausentes.

Disidencia
Diferente fue la postura del representante de la Facultad de Derecho, Jorge Buompadre, quien consideró que durante el proceso no quedó probado que la asesora de Menores haya incurrido en una mala conducta que afectara el ejercicio de su función. Por eso, votó por su absolución.
Para fundamentar su postura, primero recordó que el hecho de que la querella tenga más testigos que la defensa durante el proceso, no significa que el enjuiciado sea culpable. Luego, se refirió a qué implica “el mal desempeño” de un funcionario judicial. Para ello se basó, entre otras cuestiones, en que la “Corte Suprema ha expresado en forma reiterada, que en el caso de enjuiciamiento político demagistrados,laprocedenciadeltrámitedebefundarseenla existencia de hechos graves e inequívocos, o en presunciones serias e idóneas para formar convicción sobre la falta de rectitud de conducta, o de capacidad del magistrado imputado para el normal desempeño de la función”. En este marco, planteó como un interrogante retórico, si los testimonios escuchados durante el proceso eran suficientes para probar el mal desempeño de Ifrán. A modo de respuesta a eso, realizó un análisis de lo expresado por distintos testigos en el juicio. Tras lo cual, antes de votar por la absolución de la asesora de Menores, entre otras expresiones, fundamentó “el conjunto de testimonios expuestos en el debate no brindan el estado de certeza necesario como para arribar a una construcción conceptual de la verdad de lo acontecido durante todo el tiempo que la enjuiciada estuvo al frente de la oficina judicial”.

Presentación
Por su parte, Ifrán ratificó a El Litoral que apelará con un recurso de casación. “El primer fundamento es que no se garantizó mi debido derecho a defensa porque no admitieron testigos que quisimos presentar”, recordó y luego aseveró que “a eso se agregarán cuestiones que están expuestas en los fundamentos de la sentencia”.

(Diario El Litoral)


Martes, 17 de mayo de 2016
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