RESOLUCIÓN JUDICIAL
La DPEC no podrá cortar el servicio por deudas
Así lo expresa el fallo de la doctora María Gabriela Romero Feris, quien por resolución informó a la intervención del ente energético que no hizo lugar a la medida cautelar solicitada por DPEC. La medida judicial pide se informe -en el término de 20 días hábiles- cómo se obtiene el costo de la factura. "Mientras tanto, deberá abstenerse a cortar el suministro de energía eléctrica por deuda", precisa el texto firmado por la Magistrada
Resolución judicial impide a la DPEC cortar el servicio por deudas
Un fallo de la doctora María Gabriela Romero Feris informó a la intervención de la DPEC que no hizo lugar a la medida cautelar solicitada por DPEC. La Resolución de la Magistrada insta al ente energético a informar fehacientemente en 20 días hábiles cómo se obtiene el costo de la factura. "Mientras tanto, deberá abstenerse a cortar el suministro de energía eléctrica por deuda", precisa el texto firmado por la Magistrada
El doctor Miguel Alegre, Defensor del Pueblo de la provincia, confirmó que el juzgado notificó a la DPEC y a la Fiscalía de Estado la resolución que ordena cesar con los cortes de energía eléctrica, a los usuarios que no han abonado el bimestre del servicio, hasta tanto se presenten los informes que se le solicitó. Remarcó que si la DPEC no cumple con esta resolución incurriría en desobediencia judicial.
“Una novedad que hace rato estaba queriendo tener y beneficia a la gente, después de más de un mes de estar esperando la suscripción del oficio para notificar la resolución de la cautelar, a la DPEC y fiscalía de Estado, se han entregado los oficios firmado por la jueza, ahora están notificados la DPEC y el juzgado” expresó.
“Significa que la resolución que suscribió la juez el 10 de abril pasado, donde pide informe, y decía que hasta tanto se incorpore estos informes la DPEC deberá abstenerse de cortar el primer bimestre devengado hasta tanto presente informe. O sea que los cortes que se han venido produciendo va a tener la DPEC que abstenerse de seguir porque ya está notificado” explicó.
"Si sigue cortando, entra en desobediencia judicial” enfatizó.
“No sé si ya está apelado esto o no, pero las cautelares no son apelables, veremos si el juzgado le da trámite” señaló.
“No puede porque cualquiera que verifique la ley de amparo que dice que los amparos no son apelables” aclaró.
“Está en el trámite de correr traslado de presentación que se hizo al artículo 8 de la ley” puntualizó.
“Vamos a pedir una audiencia a la jueza para ver cómo conciliamos toda esta cuestión, pero la parte clara es que la DPEC debe dejar de producir cortes en el suministro de luz” cerró el defensor del pueblo.
Jueves, 21 de mayo de 2015