Este miércoles habrá otra movilización
Aceleran una definición judicial por el aumento de la energía aplicado por Dpec
La Defensoría del Pueblo provincial conducida por Miguel Alegre estudia las posibles vías para que desde los estrados emitan -cuanto antes- una definición sobre la suba desmedida de la luz en torno al recurso presentado ante la Justicia contra la actualización de la tarifa energética.
La Defensoría del Pueblo advierte que analiza otros recursos ante demora judicial. Más de dos mil denuncias ya recibió el organismo.
El lunes pasado, la Justicia dio lugar a la acción de amparo presentada por la Defensoría del Pueblo por el importante incremento de la tarifa energética, aunque la cuestión no fue resuelta puesto que el dictamen es poco difuso. La jueza María Gabriela Romero Feris cursó la presentación del organismo de defensa público de los correntinos realizada hace dos semanas, solicitando además informes y expedientes relativos a la cuestión, sin embargo, la cuestión de fondo no estaría resuelta.
“Todo este trámite legal es difícil de entender, pero en otras palabras significa que, lamentablemente, los correntinos deberemos continuar esperando una decisión clara”, señaló el defensor, Miguel Alegre. “Hay dos resoluciones que están dando vueltas en el expediente principal, una es la acción de amparo que resolvió dar curso y el expediente que tiene que ver con la cautelar proveyó que esté a la resolución del expediente principal y eso no está claro”, indicó.
Ante esta situación, el organismo interpuso un recurso de aclaratoria, ya que considera que la jueza debe expedirse con respecto a la cautelar y no supeditarla a la acción de amparo. Espera que esto sea resuelto lo antes posible puesto que las boletas de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (Dpec) siguen emitiéndose con el incremento. Solicitando se declare la “inconstitucionalidad” e “ilegitimidad” de la liquidación del rubro denominado “cargo fijo” efectuada en la facturación de la Dpec correspondiente al período 1 Nº 2015.
La primera de estas dos resoluciones dictada por la jueza en lo Contencioso y Administrativo Nº 1, María Gabriela Romero Feris, dio curso a la demanda promovida en el expediente principal es decir, la acción de amparo propiamente dicha. No obstante, el titular del organismo reconoce que “la acción de amparo se halla encaminada dentro de las previsiones legales”.
Lunes, 6 de abril de 2015