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Domingo 28 de Abril de 2024

FINANCIERA ESTAFADORA

Palmares frenó el juicio a correntina y tendrá que devolverle todo el dinero
Finalmente la empresa financiera Palmares, desistió del juicio contra Mirtha Escalante y se obligó a devolverle todo el dinero que le había prestado con intereses de usura del 460% anual.

La financiera ya había sido acusada en varias provincias del país por estafas similares, pero hasta el momento en ninguno de los casos, los denunciantes habían obtenido una respuesta favorable.

Ayer en los estrados judiciales, Palmares firmó el desistimiento del juicio en el propio juzgado, con la presencia de la víctima y su abogado defensor, el Dr. Juan Carlos Morales.

Recordemos que el año pasado, la Oficina de Gestión contra las estafas financieras y bancarias de la Comisión de Ciudadanos contra los fraudes procesales, denunció a la financiera Palmares de ésta ciudad por institucionalizar la usura al cobrar a las personas el 460,42% anual.

En este caso, una particular había presentado una denuncia contra Nestor mario Lemenoff, domiciliado en la Ciudad Autónoma de Bs.As. quién sería el supuesto apoderado de esta asociación que operaba al margen de la ley, pero con todas las apariencias formales de ser legal. Esta supuesta cooperativa que era en realidad una "cueva", se encargaba de estafar a las personas "prestando" dinero altas tasas de interés, lo que constituye el delito de "usura".

Entre otras irregularidades, Palmares estaba acusada de estafa y asociación ilícita, delitos que se habrían cometido no solamente en la ciudad de Corrientes, sino también en varias ciudades del país.

Cuando una persona, no podía pagar el dinero prestado, por las altas tasas de interes, la financiera presentaba una demanda para exigir el pago. Este fue el caso de la correntina Mirtha Escalante. Pero a través de el Dr. Juan Carlos Morales, la perjudicada se presentó a la justicia y finalmente logró que Palmares desista de la demanda y le devuelva todo el dinero prestado.

FUENTE: HOY CORRIENTES

Nota anterior

Denuncian por usura estafa y asociación ilícita a cooperativa Palmares

Se trata de la denuncia de una particular contra Nestor mario Lemenoff domiciliado en la Ciudad Autónoma de Bs.As. quién sería el supuesto apoderado de esta asociación ilícita que opera al margen de la ley, pero con todas las apariencias formales de serlo. Esta supuesta cooperativa que sería en realidad una "cueva", se encarga de estafar a las personas "prestando" dinero altas tasas de interés, lo que constituye el delito de "usura". Entre otras irregularidades, Palmares está acusada de estafa y asociación ilícita, delitos que se habrían cometido no solamente en la ciudad de Corrientes, sino también en varias ciudades del país. A continuación reproducimos la denuncia completa.

Texto completo de la denuncia

Corrientes 30 de enero de 2015

FORMULO DENUNCIA POR USURA , ESTAFA Y ASOCIACION ILICITA CONTRA LOS INTEGRANTES DE LA SUPUESTA COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA
DENUNCIO AL SEÑOR NESTOR MARIO LEMESOFF y/ QUIEN RESULTE RESPONSABLE POR ORDENAR INTERPONER LA DEMANDA Nº 86381/12 POR COBRO DE PESOS EN LA QUE SE ME EXIGE EL PAGO DE UN PRESTAMO CON UN COSTO DEL 126,26 % ANUAL , MAS UN COSTO FINANCIERO ADICIONAL DEL 334,16 % ANUAL A PESAR DE QUE LA DEUDA SE ENCUENTRA CANCELADA.-
ME CONSTITUYO COMO QUERELLANTE CONJUNTO EN FERIA JUDICIAL Y FUNDAMENTA


Sr. Juez de Instrucción en Feria Judicial:

MIRTA ESCALANTE DNI 21.659.008 CUIL Nº 27-21659008-8 de profesión empleadade la Justicia Federal con el patrocinio letrado del Dr. JUAN CARLOS MORALES , abogado M.Nº 1016 CUIT Nº 20-8332077-0 constituyendo domicilio legal y real en la vivienda de mi propiedad sito en el Barrio Fray José de la Quintana100 viviendas , Grupo 6 , Manzana 16 G – Casa 26a V.S. me presento y digo :

I-) OBJETO

Vengopor este acto de conformidad a lo prescripto en los Arts. 81, 82 , 83 , 177, 179 , 183 , 200 , 203 y concordantes del C.P.P. de la Provinciade Corrientes a promover formal querella criminal contra los todos los integrantes de la supuesta COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA con domicilio en esta ciudad de Corrientes en la intersección de las calles 9 de julio y Catamarca , y con domicilio legal en la Calle 25 de Mayo 460 Piso 2 de la Ciudad Autónoma de Bs.As. por los delitos de ESTAFA , USURA y ASOCIACION ILICITAen mi perjuicio, y en el perjuicio de cientos de personas en esta Provincia de Corrientes , que han firmado los contratos de prestamos de dinero a tasas mas que usurarias , con costo del 126,26 % anual , mas un costo financiero adicional del 334,16 % que totalizan el 470,32 % anual que surgen del contrato Nº 0021-0000008047 , obrante en el expediente caratulado COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA c/ ESCALANTE MIRTHA s/ PROCESO EJECUTIVO Exp. Nº 86.381/12 - que se sustancia por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 4 –Secretaria Nº 7 de esta ciudad .-

II-HECHOS

1.- Fui demandada injustamente en el Juzgado Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de estaciudad por la supuesta firma : COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA con domicilio en esta ciudad de Corrientes en la intersección de las calles 9 de julio y Catamarca , formándose un expedientecaratulado COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA c/ ESCALANTE MIRTHA s/ PROCESO EJECUTIVO Exp. Nº 86.381/12 - que se sustancia por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 4 –Secretaria Nº 7 de esta ciudad .- La demanda fue llevada adelante por instrucciones emanadas delseñor NESTOR MARIO LEMESOFF , argentino, divorciado, DNI 4.435.504 con domicilio en la calle 25 de Mayo 460 Piso 2 , de la Ciudad Autónoma de Bs.As. supuesto apoderado de esta asociación ilícitaque opera al margen de la ley,pero con todas las apariencias formales de serlo.-

2.- Las instrucciones y la implementación de esta acción se llevaron adelante con la intervención de los abogados MARIO ROBERTO GABARDINI CUIT Nº 23-17808702-9 y VALERIA TADINAK CUIT Nº 27.25111332-2 que reclamaron a fs. 7 de la demanda civil fraudulenta mencionada mas arriba , la aplicación de un interéscompensatorio de 126,26% anual , masun 334,16 % anual en concepto de costo financiero (¿ ? sic) ( ver fs. 7), que por supuesto fue rechazado por la Sra. Juez Civil y Comercial Nº 4 Dra. Anahí Graciela González Davis que con muy buen criterio normativo , aplicó el interés legal y real que corresponde para este tipo de reclamosque fue del 6% anual que fija el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA para el uso de la justicia.- (ver fs. 22) .- Explico todo esto objetivamente , sin reconocer que yo le deba un solo peso a esta asociación ilícita .-

3.- Debo aclarar que los perjuiciosque me ha causado esta ejecución fraudulenta me ha provocado perjuicios económicosmuy onerosos , aparte de los antecedentes que quedan en mi foja de servicios en la Justicia Federal en donde trabajo , ya que sufro el embargo actual de mi sueldo por este juicio ilegal , en la cual no me presenté porque la parte denunciadame dijo que iba a levantarel embargo , con la condición de que yo nada hiciera , promesa esta que jamás cumplieron.-

4.- También debo manifestar que los embargos a mi sueldo ,- que se han descontado - , superan con creces el capital demandado , a lo que debe sumarse la suma de $9.000 (Nueve mil pesos ) que retuvo esta financiera al momento de otorgar este préstamo usurario e ilegal, ya que se cobrópor anticipado y antes de entregar el dinero arriba mencionado los intereses súper-usurarios por la suma de $ 13.620,78 ( Trece mil seiscientos veinte pesos con setenta y ocho )

Esto puede verseen el CONTRATO Nº 0021-00008047 que presenta la propia parte actoraen el juicio civil mencionado mas arriba , en donde indicaquela obligación debía pagarse en 18 cuotas iguales y consecutivas de $1.256,71 ( Mil doscientos cincuenta y seis pesos con setenta y uno ) cuya suma es la del pagaré ejecutado ( téngase en cuenta el descuento de los $9.000 pesos referenciados mas arriba ) .-

5.- Valga la repeticióny como afirmo precedentemente : en esas 18 cuotasse aplicó un interés de10,37% mensualque dio un interés anual de126,26 % acumulativo ,a lo que se le adicionó un costo financiero del 334,16 % anual, lo que constituye no solo un anatocismo , sino una verdadera estafa explícita y escrita , en una documentación presentada ante ese Juzgado Civil y Comercialconducta esta , que debeque debe sancionarse severamente .-

6.- Solo a título ilustrativodigo que,este préstamo en realidad , lo tomó una persona muy amiga que necesitaba el dinero desesperadamente ,y por su expreso pedidotuve que prestarle mi firma de favor , y mi patrimonio de garantía , para que se haga esta operación , que como está vista es a todas luces abusiva , desmedida e ilícita , aparte de estarya totalmente cancelada .-

7.- La ilicitud surgen de todos los documentos presentados por la propia parte actora a fs.3, 4, 5, 6, y 7 , y sus respectivos originalesreservados en Secretaria del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 , y muy especialmente de la cláusula adicionalque reproduzco mas abajo,y muestra como esta “financieraentre comillas “ - es en realidad una mesa de dinero ilegal, o una cueva como se la denomina actualmente , porque de cooperativa no tiene nada , ya que se trata de una verdadera asociación ilícitaque se burla de toda la sociedad, de la justicia , del sentido común , de los justiciables ,ytambién de las regulaciones del estado nacional y de las disposiciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA , DE LA AFIP , de la COMISION NACIONAL DE VALORES , DE LA SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARTIAS DEL B.C.R.A. , DE LA DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES , Y DE LA DIRECCION DE RENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES entre otras entidades .-

En este documento que se reproducees la mejor prueba del delito porque está en el Expediente Civil pre-mencionado y se puede veraquí el contenido super-abusivo dela cláusula adicional al Pagaré ejecutado Nº 0021-00008047 en donde se aplica al dinero prestado un interés del 126,26 % anual , mas un costo financiero del 334,16 % anuallo que constituye no solo un anatocismo del anatocismo , sino una estafa explícita que debe severamente sancionada.

III-) LOS ILICITOS COMETIDOS


El delito de usura art. 175 bis conlleva una pena de uno a tres años, para el caso de personas que prestan dinero a altos intereses , ya que la ley trata de proteger a los ciudadanos de sus posesiones , sancionando las contraprestaciones desproporcionadas que atacan los bienes de las victimas de este delito. El Código Penal también contempla que la pena de prisión será de tres a seis años, y la multa de pesos quince mil a pesos a ciento cincuenta mil, si el autor fuere prestamista o comisionista usurario profesional o habitual.

Esta parte del artículo castiga con mayor severidad a las entidades denominadas Financieras, - que se hacen pasar por cooperativas - , ya que el código penal, yla legislación argentina, exige a los comerciantes de dineros, a cumplir reglas que no deben apartarse de la Ley de Entidades Financieras que en su Art. 9 exige, bajo pena de sanciones gravísimas y nulidad de los prestamos , que dichas empresa sean Sociedades Anónimas reguladas por la Ley 19550.- El delito se consuma cuando se viola el bien jurídico protegido que es el derecho depropiedad y cuando se infracciona la Ley de Entidades Financieras.-

El delito de asociación ilícita que aquí se denuncia puntualmente , esta tipificado en los Arts. 210 y 210 bis del C.P. y decimos que se trata de unaasociación ilícita porque hay un acuerdo de voluntades de tres o más personas y de una poderosa infraestructuraburocrática y publicitaria , usada paramaquillar la verdadera actividad ilícita ,y dedicarse a actividades delictivas con carácter duradero como lo es la actividad de PALMARES en esta ciudad al prestar dinero con un costo total del 460,92% anual en concepto de intereses.-

El delito de estafa Art. 172 y concordantes ,consiste en el ardid , en el engaño, en la apariencia de empresa lícita con la que se muestran los responsables de PALMARES , cuando en realidad no son otra cosaque una asociación ilícita que no tiene ningún pudor en utilizar hasta el poder judicial para delinquir engañando a jueces, secretarios , funcionarios y hasta el mismo justiciable .-

OTRA PRUEBA MATERIAL DEL DELITO CONSUMADO

Esta es la foja 7 de la demanda caratulada COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA c/ ESCALANTE MIRTHA s/ PROCESO EJECUTIVO Exp. Nº 86.381/12 - que se sustancia por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 4 –Secretaria Nº 7 aquí se puede observar como los integrantes de PALMARES se burlan de la ley y de la justicia , al reclamar sin ningún pudor por el dinero prestado, ( y encima totalmente cancelado ) un interés del 126,26 % anual , con mas un costo financiero del 334,16 % anualque da un interés anual del 460,92% anual .-

IV-) PETITORIO


Por lo expuesto a V.S. en feria judicial solicito:


1º) Se me tenga por presentada parte como denunciante y parte querellantede conformidad a lo prescripto en los Arts. 81, 82 , 83 , 177, 179 , 183 , 200 , 203 y concordantes del C.P.P. de la Provinciade Corrientes promoviendo formal querella criminal contra todos los integrantes de la supuesta COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA con domicilio en esta ciudad de Corrientes en la intersección de las calles 9 de julio y Catamarca , por los delitos de ESTAFA , USURA , y ASOCIACION ILICITAen mi perjuicio .-

2º) A los efectos de la instrucción formal pido a V.S. se pida por oficio al Juzgado Civil y Comercial Nº 4 –Secretaria Nº 7 el expediente caratulado COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA c/ ESCALANTE MIRTHA s/ PROCESO EJECUTIVO Exp. Nº 86.381/12 con toda la documentación originalque se encuentra reservada en la Secretaria Nº 7 de ese Juzgado .-

3º) Se Oficie a las siguientes entidades : a) BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA , b) AFIP-DELEGACION CORRIENTESc) COMISION NACIONAL DE VALORES d)SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARTIAS DEL B.C.R.A. , e)DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES f)DIRECCION DE RENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES para que informen sila COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA con domicilio legal en la calle 25 de Mayo 460 - Piso 2 de la ciudad Autónoma de Bs.As. se encuentrahabilitada para operar y prestar dinero en la Provincia de Corrientes , y si se encuentra autorizada por esas entidades reguladoras ,fiscalizadoras , y tributarias , a cobrar una tasa anual del 126,76% mas un costo financiero anual del 334,16 % anual , dándose autorización al Dr. JUAN CARLOS MORALES, para el diligenciamiento de estos oficios.-

4º) Se cite a declarar como imputado al señor NESTOR MARIO LEMESOFF otorgante del poder de la COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA(ver fs. 3 del expediente COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADA c/ ESCALANTE MIRTHA s/ PROCESO EJECUTIVO Exp. Nº 86.381/12) , ya que se trata de la personavisible que se desempeña como máximo responsable de esta entidad ilícita y que fue la persona que dio la orden para llevar adelante el juicio fraudulento que se denuncia .-

5º) Solicito se requiera por el termino de 48 horas a lasupuesta firma COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO PALMARES LIMITADApresente a este tribunal todas las habilitaciones que la autorizan a prestar dinero en la Provincia de Corrientes, me refiero a las habilitacionesconferidas por el Banco Central de la Republica Argentina , por la AFIP , por la Super Intendencia de EntidadesFinancieras y Cambiarias del BCRA , por la Comisión Nacional de Valores y por las respectivasDirecciones de Rentas de la Municipalidad y la Provincia de Corrientes.-

6º) Fundamento la presentación de esta denuncia y querella en FERIA JUDICIAL en el articulo 1101 del Código Civil , conforme lo establece la mencionada normay jurisprudenciasobre la materia , por la existencia y la vinculación entre esta acción penal y la acción civil ya referenciada , por la conexiónsuscitada entre ambas acciones,para que opere la prejudicialidad establecida en el mencionado artículo lo que justifica esta presentación a los fines y efectos de solicitar en el Juzgado Civil y Comercial Nº 4 –Secretaria 7 , la interrupción de ese proceso civil por las razones de hecho y de derecho expuestas en estadenuncia .-

7º)Se adjunta copia para traslado.-

PROVEA DE CONFORMIDAD. SERA JUSTICIA

MIRTHA ESCALANTE JUAN CARLOS MORALES
Abogado M.Nº1016

FUENTE: HOY CORRIENTES


Miércoles, 4 de febrero de 2015
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